Madrid (BOCM-20230721-29)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM

VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 172

3. La Secretaría General del Pleno
A la Secretaría General del Pleno le corresponde la asistencia, apoyo y asesoramiento
jurídico, técnico, administrativo y funcional de la Presidencia del Pleno, del Pleno y de sus
comisiones.
1. Funciones propias.
1.1. Son funciones propias de la Secretaría General del Pleno, de conformidad con
lo previsto en el artículo 13 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen
Especial de Madrid, y en los artículos 39 y siguientes del Reglamento Orgánico del Pleno
del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, las siguientes:
a) Redactar y custodiar las actas, así como supervisar y autorizar las mismas, con el
visto bueno del presidente del Pleno.
b) Expedir, con el visto bueno del presidente del Pleno, las certificaciones de los actos y acuerdos que se adopten.
c) Asistir al presidente del Pleno para asegurar la convocatoria de las sesiones, el orden en los debates y la correcta celebración de las votaciones, así como la colaboración en el normal desarrollo de los trabajos del Pleno y de las comisiones.
d) Comunicar y publicar los acuerdos plenarios, así como la notificación a los interesados de las resoluciones administrativas que se dicten.
e) Asesorar legalmente al Pleno y a las comisiones cuando lo solicite el Alcalde, el
presidente o la cuarta parte, al menos, de los concejales.
f) Las funciones que la legislación electoral general asigna a los secretarios de los
ayuntamientos, así como la llevanza y custodia del Registro de Intereses de los
miembros del Pleno.
g) Dirigir el funcionamiento del Registro del Pleno.
h) Remitir a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid
copia, o en su caso, extracto de los acuerdos adoptados por el Pleno y por sus comisiones, cuando actúen por delegación de aquel.
i) Transcribir al Libro de Resoluciones de la Presidencia del Pleno sus resoluciones
de carácter decisorio y expedir certificaciones y copias auténticas respecto del
contenido del mismo, y las demás funciones de fe pública que se asignan a la Secretaría General del Pleno en el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
j) Dirigir las unidades integradas en la Secretaría General del Pleno para el cumplimiento de sus funciones.
1.2. Corresponde al titular de la Secretaría General del Pleno la secretaría de las comisiones, que podrá delegar en un funcionario al servicio de la secretaría general.
2. Ejercicio de las funciones y competencias.
2.1. Para el desarrollo de sus funciones y competencias, la Secretaría General del
Pleno dispondrá de locales adecuados, del personal y del soporte técnico necesarios.
Corresponde a la Secretaría General del Pleno, bajo la dirección del presidente, la
administración de los medios necesarios para que el Pleno desarrolle sus funciones.
2.2. Servicios comunes.
a) Gestionar los servicios comunes.
b) Las funciones tendentes a la eficiente utilización de los medios y recursos materiales, económicos y personales que tenga asignados el Pleno.
c) Gestionar los medios económicos y materiales que se pongan a disposición de los
grupos políticos municipales.
2.3. Régimen jurídico.
a) Conocer y preparar los asuntos que sean competencia del Alcalde o de la Junta de
Gobierno que serán elevados a estos órganos a través del titular del área de gobierno competente en materia de relaciones con el Pleno.
b) Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites referentes a materias propias de su competencia.
2.4. Régimen interior.
a) Atender las necesidades del Pleno en bienes y servicios.
b) Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de correo,
así como la organización del servicio de los conductores adscritos al Pleno.
c) Proponer la adquisición de equipos informáticos del Pleno.

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