Madrid (BOCM-20230721-28)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 357
7. Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad no deseada
1.
Competencias específicas.
1.1. Promover cualesquiera actuaciones tendentes a favorecer un envejecimiento generativo y el apoyo a las personas mayores y su red familiar y social, en las diferentes facetas que comprende su atención integral.
1.2. Impulsar políticas públicas de atención a las personas mayores que favorezcan
la amigabilidad de la ciudad con ellas y las sitúen en el centro de las diferentes actuaciones
municipales que las incumben.
1.3. Favorecer la participación de las personas mayores en la vida social de los barrios y distritos a cuyo efecto se actualizará y potenciará, entre otras actuaciones, el papel
de los actuales centros municipales de mayores.
1.4. Fomentar actuaciones tendentes a favorecer el trato adecuado hacia las personas
mayores.
1.5. Impulsar políticas públicas para prevenir la soledad no deseada en las personas
mayores.
1.6. Coordinar la intervención de los diferentes servicios municipales implicados
con aquellas personas mayores que pudieran encontrarse en riesgo o situación de maltrato
y vulnerabilidad social, por presentar situaciones de soledad no deseada, aislamiento, negligencia y/o trato inadecuado.
1.7. Diseñar y proponer programas y servicios para las personas mayores, en especial los referidos al mantenimiento de la persona mayor en su propio hogar todo el tiempo
posible y los que tienen por objeto el apoyo a las familias que las cuidan.
1.8. Desarrollar la política de calidad de aplicación en los servicios y prestaciones de
atención a las personas mayores de la ciudad de Madrid, implantando y evaluando periódicamente los criterios y estándares de calidad conforme a los que aquellos habrán de prestarse; auditando los distintos programas y servicios municipales para personas mayores al
tiempo que realizando los correspondientes estudios de satisfacción, opinión e investigación que considere pertinentes respecto a los mismos.
1.9. Planificar, dirigir y evaluar los servicios de ayuda a domicilio dispensados a las
personas mayores, así como a las personas con discapacidad.
1.10. Adoptar cuantas resoluciones resulten pertinentes en relación con los servicios
de ayuda a domicilio, en modalidades tales como: suministro a domicilio de alimentos preparados o servicios análogos, lavado, planchado y repaso de ropa fuera del hogar o productos de apoyo y ayudas técnicas.
1.11. Planificar, dirigir y evaluar el servicio de centros de día para personas mayores, ya sean estos municipales o privados con plazas financiadas por el Ayuntamiento de
Madrid, y centros residenciales.
1.12. Adoptar cuantas resoluciones resulten pertinentes en relación con los centros
de día para personas mayores, municipales o privados con plazas financiadas por el Ayuntamiento de Madrid, y centros residenciales en los términos previstos en la ordenanza reguladora de esta materia.
1.13. Coordinar los servicios de los centros municipales de mayores, sin perjuicio de
las competencias de gestión que sobre estos centros correspondan a los distritos.
1.14. Promocionar la autonomía personal y la atención a las personas en situación de
dependencia sobre una adecuada coordinación con la Comunidad de Madrid, competente
en la materia, y de acuerdo con la atribución competencial que corresponda al Ayuntamiento de Madrid en cada momento.
1.15. Diseñar y proponer programas y servicios para el desarrollo de otras alternativas habitacionales como las viviendas colaborativas o las viviendas compartidas.
1.
Competencias específicas.
1.1. Detectar, analizar y proponer herramientas de intervención para el abordaje de
las necesidades sociales existentes en la ciudad de Madrid.
1.2. Dirigir, organizar, planificar y programar la red de servicios sociales municipales
de Atención Social Primaria, procurando el oportuno equilibrio territorial de los equipamientos, recursos humanos y materiales existentes en los Distritos, así como la igualdad en las condiciones de acceso a los programas, servicios y recursos municipales de atención social.
BOCM-20230721-28
8. Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 357
7. Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad no deseada
1.
Competencias específicas.
1.1. Promover cualesquiera actuaciones tendentes a favorecer un envejecimiento generativo y el apoyo a las personas mayores y su red familiar y social, en las diferentes facetas que comprende su atención integral.
1.2. Impulsar políticas públicas de atención a las personas mayores que favorezcan
la amigabilidad de la ciudad con ellas y las sitúen en el centro de las diferentes actuaciones
municipales que las incumben.
1.3. Favorecer la participación de las personas mayores en la vida social de los barrios y distritos a cuyo efecto se actualizará y potenciará, entre otras actuaciones, el papel
de los actuales centros municipales de mayores.
1.4. Fomentar actuaciones tendentes a favorecer el trato adecuado hacia las personas
mayores.
1.5. Impulsar políticas públicas para prevenir la soledad no deseada en las personas
mayores.
1.6. Coordinar la intervención de los diferentes servicios municipales implicados
con aquellas personas mayores que pudieran encontrarse en riesgo o situación de maltrato
y vulnerabilidad social, por presentar situaciones de soledad no deseada, aislamiento, negligencia y/o trato inadecuado.
1.7. Diseñar y proponer programas y servicios para las personas mayores, en especial los referidos al mantenimiento de la persona mayor en su propio hogar todo el tiempo
posible y los que tienen por objeto el apoyo a las familias que las cuidan.
1.8. Desarrollar la política de calidad de aplicación en los servicios y prestaciones de
atención a las personas mayores de la ciudad de Madrid, implantando y evaluando periódicamente los criterios y estándares de calidad conforme a los que aquellos habrán de prestarse; auditando los distintos programas y servicios municipales para personas mayores al
tiempo que realizando los correspondientes estudios de satisfacción, opinión e investigación que considere pertinentes respecto a los mismos.
1.9. Planificar, dirigir y evaluar los servicios de ayuda a domicilio dispensados a las
personas mayores, así como a las personas con discapacidad.
1.10. Adoptar cuantas resoluciones resulten pertinentes en relación con los servicios
de ayuda a domicilio, en modalidades tales como: suministro a domicilio de alimentos preparados o servicios análogos, lavado, planchado y repaso de ropa fuera del hogar o productos de apoyo y ayudas técnicas.
1.11. Planificar, dirigir y evaluar el servicio de centros de día para personas mayores, ya sean estos municipales o privados con plazas financiadas por el Ayuntamiento de
Madrid, y centros residenciales.
1.12. Adoptar cuantas resoluciones resulten pertinentes en relación con los centros
de día para personas mayores, municipales o privados con plazas financiadas por el Ayuntamiento de Madrid, y centros residenciales en los términos previstos en la ordenanza reguladora de esta materia.
1.13. Coordinar los servicios de los centros municipales de mayores, sin perjuicio de
las competencias de gestión que sobre estos centros correspondan a los distritos.
1.14. Promocionar la autonomía personal y la atención a las personas en situación de
dependencia sobre una adecuada coordinación con la Comunidad de Madrid, competente
en la materia, y de acuerdo con la atribución competencial que corresponda al Ayuntamiento de Madrid en cada momento.
1.15. Diseñar y proponer programas y servicios para el desarrollo de otras alternativas habitacionales como las viviendas colaborativas o las viviendas compartidas.
1.
Competencias específicas.
1.1. Detectar, analizar y proponer herramientas de intervención para el abordaje de
las necesidades sociales existentes en la ciudad de Madrid.
1.2. Dirigir, organizar, planificar y programar la red de servicios sociales municipales
de Atención Social Primaria, procurando el oportuno equilibrio territorial de los equipamientos, recursos humanos y materiales existentes en los Distritos, así como la igualdad en las condiciones de acceso a los programas, servicios y recursos municipales de atención social.
BOCM-20230721-28
8. Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad