Madrid (BOCM-20230721-28)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 354
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
5.
B.O.C.M. Núm. 172
Gestión de Procedimientos.
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.3. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6.
Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la coordinación general.
5. Secretaría General Técnica de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
1.
Régimen jurídico.
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales.
2.
Régimen interior.
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno en bienes y servicios, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
2.3. Proponer la adquisición de equipos informáticos del área de gobierno.
3.
Gestión presupuestaria.
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de las direcciones generales del área de gobierno,
a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado al área de gobierno.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del área de gobierno, a excepción de las referentes al capítulo 1.
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria del área de gobierno.
4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al área de gobierno y que
no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas, así como proponer la provisión
del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al área de gobierno.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal del área de gobierno.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del área de gobierno.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones administrativas de los empleados municipales.
BOCM-20230721-28
4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 354
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
5.
B.O.C.M. Núm. 172
Gestión de Procedimientos.
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.3. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6.
Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la coordinación general.
5. Secretaría General Técnica de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
1.
Régimen jurídico.
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales.
2.
Régimen interior.
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno en bienes y servicios, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
2.3. Proponer la adquisición de equipos informáticos del área de gobierno.
3.
Gestión presupuestaria.
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de las direcciones generales del área de gobierno,
a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado al área de gobierno.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del área de gobierno, a excepción de las referentes al capítulo 1.
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria del área de gobierno.
4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al área de gobierno y que
no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas, así como proponer la provisión
del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al área de gobierno.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal del área de gobierno.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del área de gobierno.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones administrativas de los empleados municipales.
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4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia.