D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-12)
Convenio – Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
darán a disposición del técnico de seguimiento designado por el IRSST para su verificación.
En todo caso se deberá remitir justificante de envío de dichos informes a las empresas, o documentación acreditativa de su entrega “en mano” a las mismas.
E) Informe global de las actuaciones: se elaborará un informe global de las actuaciones desarrolladas, de acuerdo con la cláusula SEGUNDA del presente convenio,
que servirá para extraer conclusiones sobre el estado preventivo de las actividades
realizadas.
Igualmente se entregarán, debidamente anonimizados, los datos recabados durante
estas actuaciones en los check lists, volcados en formato electrónico tipo Excel, base
de datos o similar, que posibilite análisis estadísticos posteriores por parte del IRSST.
F) Cuadro estadístico de consultas y visitas de asesoramiento (Documento 6 SEN
bis): estará firmado por el responsable del proyecto con el visto bueno de uno de
los firmantes del convenio, según procedimiento de actuación establecido en el
IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como la identificación de este, a través del
nombre, apellidos y DNI.
11.2.2. Consultas: se entregará la documentación, incluida la toma de datos (SEN 6
bis, Cuadro estadístico de asesoramiento, entrevista y consulta), conforme al procedimiento de seguimiento de actuaciones establecido en el IRSST.
A) Memoria explicativa de las consultas realizadas: estará firmada por el responsable
del proyecto con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio, acompañada de un cuadro con las acciones de asesoramiento y consultas realizadas, según
procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así
como la identificación de éste, a través del nombre, apellidos y DNI.
Como se ha indicado esta memoria podrá integrarse en la memoria general siempre que se recoja toda la información indicada.
La documentación correspondiente a este punto se irá entregando durante la fase de seguimiento para su estudio adelantado, de acuerdo con el procedimiento de seguimiento del IRSST.
11.2.3.
Documentación técnica.
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico, firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el
que conste identificada la persona o empresa receptora, de dicho material con el visto bueno del representante legal correspondiente. Este cuadro deberá ser entregado igualmente en
soporte Excel.
En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por la oficina de correos o factura emitida por el centro en el que se adquieran los
sellos en el caso de correo ordinario, o en el supuesto de correo certificado relación de certificados expedida por Correos.
Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin
para el que previsiblemente se utilizará.
No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias
del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe
considerarse únicamente la entrega al destinatario final, trabajador, empresario o empresa.
No obstante, cuando se realicen distribuciones de material editado en ferias, stands,
puntos móviles informativos o cualquier otra actuación realizada por la beneficiaria, se justificará la entrega a los destinatarios finales mediante documento firmado por uno de los firmantes del convenio indicando el número y tipo de los ejemplares distribuidos.
BOCM-20230721-12
a) Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
b) Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos
del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su posible
utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas del presente
convenio de propiedad intelectual.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
darán a disposición del técnico de seguimiento designado por el IRSST para su verificación.
En todo caso se deberá remitir justificante de envío de dichos informes a las empresas, o documentación acreditativa de su entrega “en mano” a las mismas.
E) Informe global de las actuaciones: se elaborará un informe global de las actuaciones desarrolladas, de acuerdo con la cláusula SEGUNDA del presente convenio,
que servirá para extraer conclusiones sobre el estado preventivo de las actividades
realizadas.
Igualmente se entregarán, debidamente anonimizados, los datos recabados durante
estas actuaciones en los check lists, volcados en formato electrónico tipo Excel, base
de datos o similar, que posibilite análisis estadísticos posteriores por parte del IRSST.
F) Cuadro estadístico de consultas y visitas de asesoramiento (Documento 6 SEN
bis): estará firmado por el responsable del proyecto con el visto bueno de uno de
los firmantes del convenio, según procedimiento de actuación establecido en el
IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como la identificación de este, a través del
nombre, apellidos y DNI.
11.2.2. Consultas: se entregará la documentación, incluida la toma de datos (SEN 6
bis, Cuadro estadístico de asesoramiento, entrevista y consulta), conforme al procedimiento de seguimiento de actuaciones establecido en el IRSST.
A) Memoria explicativa de las consultas realizadas: estará firmada por el responsable
del proyecto con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio, acompañada de un cuadro con las acciones de asesoramiento y consultas realizadas, según
procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así
como la identificación de éste, a través del nombre, apellidos y DNI.
Como se ha indicado esta memoria podrá integrarse en la memoria general siempre que se recoja toda la información indicada.
La documentación correspondiente a este punto se irá entregando durante la fase de seguimiento para su estudio adelantado, de acuerdo con el procedimiento de seguimiento del IRSST.
11.2.3.
Documentación técnica.
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico, firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el
que conste identificada la persona o empresa receptora, de dicho material con el visto bueno del representante legal correspondiente. Este cuadro deberá ser entregado igualmente en
soporte Excel.
En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por la oficina de correos o factura emitida por el centro en el que se adquieran los
sellos en el caso de correo ordinario, o en el supuesto de correo certificado relación de certificados expedida por Correos.
Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin
para el que previsiblemente se utilizará.
No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias
del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe
considerarse únicamente la entrega al destinatario final, trabajador, empresario o empresa.
No obstante, cuando se realicen distribuciones de material editado en ferias, stands,
puntos móviles informativos o cualquier otra actuación realizada por la beneficiaria, se justificará la entrega a los destinatarios finales mediante documento firmado por uno de los firmantes del convenio indicando el número y tipo de los ejemplares distribuidos.
BOCM-20230721-12
a) Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
b) Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos
del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su posible
utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas del presente
convenio de propiedad intelectual.