D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-12)
Convenio – Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 43
de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, incrementándose, con ello, la coordinación entre todos estos actores implicados.
Con ello se pretende llevar a cabo un mayor acercamiento de la prevención de riesgos
laborales a todos los estamentos y contribuir a un mayor desarrollo de la cultura preventiva, a través de los Ejes y las medidas señaladas en el VI Plan Director de Prevención de
Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones cabe señalar que mediante esta subvención directa, se
financian acciones en materia preventiva, contribuyendo de esta manera a lograr los objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones contenido en el VI Plan Director
de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024, de incrementar los niveles de seguridad y salud en las empresas, fomentar la formación en prevención
de riesgos laborales y favorecer la disminución de la siniestralidad laboral.
Segunda
Para la comunicación, seguimiento y valoración de la ejecución material de cada
una de las acciones que se describen a continuación se utilizarán unos formatos normalizados (SEN), que figuran en el procedimiento de seguimiento del IRSST.
Con objeto de que el IRSST disponga de los datos necesarios para cumplir con lo dispuesto en el punto V del VI Plan Director, en relación a la ejecución, seguimiento y evaluación del mismo, USMR-CC. OO. realizará el seguimiento de las actuaciones previstas en
el presente convenio a través de un procedimiento interno de seguimiento de actuaciones
realizadas al amparo del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid elaborado por el IRSST.
Para desarrollar la acción de evaluación, se contará con copias suficientes de los cuestionarios correspondientes, así como la aplicación informática que, en su caso, se desarrolle para realizar el tratamiento de los datos recabados.
En cumplimiento del presente convenio, USMR-CC. OO. realizará las siguientes actuaciones:
2.1. Acciones de asesoramiento: Definidas como el desplazamiento a empresas o
centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario, para llevar a cabo acciones de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales a terceros (trabajadores, empresarios, particulares, etc.). En todas las visitas se dará publicidad a las actividades del IRSST.
2.1.1. Visitas de asesoramiento para sensibilizar (“a puerta fría”): Se trata de visitas
de asesoramiento a empresas o centros de trabajo para promover la cultura preventiva en
pymes, y de forma prioritaria en pymes sin representación de los trabajadores.
No serán válidas visitas a centros de trabajo ya visitados, a través de cualquier mecanismo administrativo financiado con fondos públicos, en el último ejercicio, por la entidad
beneficiaria. Tampoco serán válidas visitas donde se mezclen asesoramientos para sensibilizar (“a puerta fría”) con asesoramientos específicos.
De forma general, se establecen los siguientes límites:
— Número máximo de visitas de asesoramiento/día realizadas por un mismo técnico: 8.
— Número máximo de asesoramientos por visita a realizar en cada empresa o centro
de trabajo: 1.
— Número mínimo de empresas o centro de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 4.500.
— Porcentaje o cantidad de visitas que se realizarán sobre trabajadores autónomos
(sin trabajadores a su cargo): 0%.
— Sectores de actuación: Sin limitación específica.
— El material de apoyo a entregar será, principalmente, el material de divulgación
elaborado en el marco del presente convenio.
Se realizarán 4.500 visitas de asesoramiento a empresas o centros de trabajo para promover la cultura preventiva en pymes, en todos los sectores de actividad y de forma prioritaria en pymes sin representación de los trabajadores. No existiendo limitación de sectores
para visitar.
Estas visitas se llevarán a cabo por parte de los técnicos básicos de prevención de riesgos laborales que deberán rellenar un cuestionario de cada asesoramiento. De cada visita se
rellenará un check-list, que ha sido consensuado previamente con el IRSST.
BOCM-20230721-12
Actuaciones a desarrollar
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 43
de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, incrementándose, con ello, la coordinación entre todos estos actores implicados.
Con ello se pretende llevar a cabo un mayor acercamiento de la prevención de riesgos
laborales a todos los estamentos y contribuir a un mayor desarrollo de la cultura preventiva, a través de los Ejes y las medidas señaladas en el VI Plan Director de Prevención de
Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones cabe señalar que mediante esta subvención directa, se
financian acciones en materia preventiva, contribuyendo de esta manera a lograr los objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones contenido en el VI Plan Director
de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024, de incrementar los niveles de seguridad y salud en las empresas, fomentar la formación en prevención
de riesgos laborales y favorecer la disminución de la siniestralidad laboral.
Segunda
Para la comunicación, seguimiento y valoración de la ejecución material de cada
una de las acciones que se describen a continuación se utilizarán unos formatos normalizados (SEN), que figuran en el procedimiento de seguimiento del IRSST.
Con objeto de que el IRSST disponga de los datos necesarios para cumplir con lo dispuesto en el punto V del VI Plan Director, en relación a la ejecución, seguimiento y evaluación del mismo, USMR-CC. OO. realizará el seguimiento de las actuaciones previstas en
el presente convenio a través de un procedimiento interno de seguimiento de actuaciones
realizadas al amparo del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid elaborado por el IRSST.
Para desarrollar la acción de evaluación, se contará con copias suficientes de los cuestionarios correspondientes, así como la aplicación informática que, en su caso, se desarrolle para realizar el tratamiento de los datos recabados.
En cumplimiento del presente convenio, USMR-CC. OO. realizará las siguientes actuaciones:
2.1. Acciones de asesoramiento: Definidas como el desplazamiento a empresas o
centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario, para llevar a cabo acciones de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales a terceros (trabajadores, empresarios, particulares, etc.). En todas las visitas se dará publicidad a las actividades del IRSST.
2.1.1. Visitas de asesoramiento para sensibilizar (“a puerta fría”): Se trata de visitas
de asesoramiento a empresas o centros de trabajo para promover la cultura preventiva en
pymes, y de forma prioritaria en pymes sin representación de los trabajadores.
No serán válidas visitas a centros de trabajo ya visitados, a través de cualquier mecanismo administrativo financiado con fondos públicos, en el último ejercicio, por la entidad
beneficiaria. Tampoco serán válidas visitas donde se mezclen asesoramientos para sensibilizar (“a puerta fría”) con asesoramientos específicos.
De forma general, se establecen los siguientes límites:
— Número máximo de visitas de asesoramiento/día realizadas por un mismo técnico: 8.
— Número máximo de asesoramientos por visita a realizar en cada empresa o centro
de trabajo: 1.
— Número mínimo de empresas o centro de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 4.500.
— Porcentaje o cantidad de visitas que se realizarán sobre trabajadores autónomos
(sin trabajadores a su cargo): 0%.
— Sectores de actuación: Sin limitación específica.
— El material de apoyo a entregar será, principalmente, el material de divulgación
elaborado en el marco del presente convenio.
Se realizarán 4.500 visitas de asesoramiento a empresas o centros de trabajo para promover la cultura preventiva en pymes, en todos los sectores de actividad y de forma prioritaria en pymes sin representación de los trabajadores. No existiendo limitación de sectores
para visitar.
Estas visitas se llevarán a cabo por parte de los técnicos básicos de prevención de riesgos laborales que deberán rellenar un cuestionario de cada asesoramiento. De cada visita se
rellenará un check-list, que ha sido consensuado previamente con el IRSST.
BOCM-20230721-12
Actuaciones a desarrollar