D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-12)
Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 172

Técnicos que no sean personal propio de la beneficiaria.
— Titulación de los técnicos de prevención.
— Contrato de arrendamiento de servicios profesionales o empresariales.
— Facturas abonadas por dicho concepto.
— Documentación acreditativa de la relación laboral de dichos técnicos con la
empresa subcontratista.
Con la firma del presente convenio queda autorizado la conservación y el acceso por
parte del IRSST a la documentación recogida en este apartado a fin de que en futuros convenios la entidad beneficiaria no necesite entregar de nuevo documentación ya entregada
referente a un técnico, bastando entonces la mera referencia al convenio donde puede ser
encontrada la misma.
11.1.3. Facturas y justificantes de pago:
— Original de las facturas y de los justificantes de pago realizados en ejecución del
convenio que deberán estar todas ellas abonadas para la anualidad 2023 como
máximo el 31 de diciembre de 2023.
En caso de que la factura del proveedor sea electrónica, deberá aportarse impresa
con el sello del proveedor.
— Todas las facturas y justificantes de pagos realizados deberán reflejar, debidamente desglosado, el IVA que sea de aplicación y, en su caso, el IRPF, debiendo ajustarse las mismas al contenido del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
11.1.4. Subcontratación: cuando la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones
Obreras subcontrate algunas de las actividades previstas en la cláusula segunda del presente convenio, la justificación de las mismas se realizará mediante la presentación de la documentación a la que se refiere la cláusula octava del mismo.
USMR-CC. OO., con carácter previo al cobro de la ayuda, acreditará que se encuentra al corriente de pago con la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de
pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas,
ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones públicas.
El certificado de inexistencia de apremio en deudas de la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
11.2. Documentación específica de las acciones: la documentación señalada a continuación se entregará junto con la cuenta justificativa, salvo que ya haya sido entregada durante la fase de seguimiento, de conformidad con lo previsto en la cláusula decimosegunda, en cuyo caso no será necesaria una nueva entrega, a menos que alguna circunstancia lo
requiera como incorporación de datos adicionales, corrección de errores o similares.
Como criterio general toda aquella documentación susceptible de no poder ser subsanada con posterioridad o que pueda poner de manifiesto posibles problemas en la fase final
de justificación será entregada, en cuanto esté disponible, durante la fase de seguimiento a
fin de ser evaluada por el IRSST y corregida cualquier posible desviación respecto a las indicaciones del presente convenio.
11.2.1. Acciones de asesoramiento:
A) Resumen general de las actuaciones.
Cuadros de estadísticas de las actuaciones realizadas que deberán contener, como
mínimo, los siguientes aspectos:
1. Datos referidos a la fecha y al tipo de actuación, sector de actividad, intervenciones realizadas por el técnico y otros datos que se consideren de interés.
2. Deberán ir firmados por el técnico responsable del seguimiento y control de la
ejecución de las actuaciones, con el visto bueno de uno de los firmantes del
convenio.
3. Cuadro con las acciones de asesoramiento, entrevistas y consultas realizadas,
modelo SEN 6 Bis, según procedimiento de actuación establecido en el
IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas
realizado por cada uno de los técnicos, así como la identificación de éste, bien
a través del nombre, apellidos y DNI o a través de un código. En este caso, se

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