D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-13)
Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT- Madrid) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

Pág. 121

El certificado de inexistencia de apremio en deudas de la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
11.2.

Documentación específica de las acciones.

La documentación señalada a continuación se entregará junto con la cuenta justificativa, salvo que ya haya sido entregada durante la fase de seguimiento, de conformidad con
lo previsto en la cláusula decimosegunda, en cuyo caso no será necesaria una nueva entrega, a menos que alguna circunstancia lo requiera como incorporación de datos adicionales,
corrección de errores o similares.
Como criterio general toda aquella documentación susceptible de no poder ser subsanada con posterioridad o que pueda poner de manifiesto posibles problemas en la fase final
de justificación será entregada, en cuanto esté disponible, durante la fase de seguimiento a
fin de ser evaluada por el IRSST y corregida cualquier posible desviación respecto a las indicaciones del presente convenio.
11.2.1.

Acciones de asesoramiento.

A) Resumen general de las actuaciones
Cuadros de estadísticas de las actuaciones realizadas que deberán contener, como mínimo, los siguientes aspectos:
1. Datos referidos a la fecha y al tipo de actuación, sector de actividad, intervenciones realizadas por el técnico y otros datos que se consideren de interés.
2. Deberán ir firmados por el técnico responsable del seguimiento y control de la ejecución de las actuaciones, con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio.
3. Cuadro con las acciones de asesoramiento, entrevistas y consultas realizadas, modelo SEN 6 Bis, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada
uno de los técnicos, así como la identificación de éste, bien a través del nombre,
apellidos y DNI o a través de un código. En este caso, se deberá adjuntar el correspondiente listado de códigos de los técnicos, señalando, expresamente, la identificación del técnico al que corresponde dicho código.
Los cuadros y resúmenes se entregarán igualmente en formato Excel, para facilitar la
labor de comprobación y justificación.
B) Justificación de visitas de sensibilización

1. Constará la fecha de la visita.
2. Constará la razón social de la entidad visitada.
3. Constará la dirección completa del centro visitado. Dicha dirección deberá ser
siempre de la Comunidad de Madrid.
4. Constará el nombre y apellido/s de la persona visitada, así como su cargo o puesto
de trabajo. En actuaciones sobre autónomos sin trabajadores no será necesario
identificar el cargo o puesto de trabajo, pero sí será necesario indicar el teléfono
de contacto del autónomo asesorado. En caso de no poder tener acceso a estos datos se consignarán los motivos en el apartado de Observaciones.
5. Constarán expresamente el nombre y dos apellidos del técnico de prevención que
ha realizado la visita, o en su caso, el código de identificación del mismo. Si se
usan códigos, como se ha indicado en el apartado de personal, se deberá aportar el
correspondiente listado de códigos señalando el que corresponde al técnico en
cuestión.
6. Como norma general los campos del check-list estarán rellenos completamente.
No obstante, para que la actuación pueda ser considerada como válida se admitirá hasta un 20% de cuestiones en blanco. En el caso de preguntas derivadas, solo
contarán para el límite indicado cuando la pregunta inicial no esté en blanco.
7. Los registros de visitas a distintos centros de trabajo de la misma empresa serán
válidos, aunque se asesore a la misma persona, siempre que se realicen en fechas
diferentes. Utilizar el campo observaciones para aclarar posibles confusiones de
visitas duplicadas.

BOCM-20230721-13

Se entregará la documentación, incluida la toma de datos (SEN 2-1, check-list), conforme
al procedimiento de seguimiento de actuaciones establecido en el IRSST, que deberá cumplir: