D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230721-11)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de una subestación eléctrica de 66/20 kV, en la carretera M-618, sin número (ST Lavanderas) en el término municipal de Colmenar Viejo, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número de expediente: 2018P340 - 14-0141-00340.6/2018
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
tica, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y
aprobación del proyecto para la construcción de una subestación eléctrica, de 66/20 kV, en
la carretera M-618, sin número (ST Lavanderas) en el término municipal de Colmenar Viejo, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. ( BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 161, de 8 de julio de 2022).
Se han presentado alegaciones en el período de trámite anterior por parte de la empresa Canal de Isabel II, S. A., mediante escrito con registro de entrada de 3 de agosto de 2022.
Se han tenido en cuenta las alegaciones en la tramitación del expediente, siendo aceptadas
por el solicitante las condiciones establecidas por dicha sociedad.
Cuarto
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre,
se ha dado traslado de separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas, a considerar, Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Ministerio de Defensa, Agencia Estatal de Seguridad Aérea y Dirección
General de Carreteras, de la Consejería de Transporte e infraestructuras de la Comunidad
de Madrid.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se recibió contestación de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por lo que de acuerdo al artículo 11.2 del Decreto 70/2020,
de 7 de octubre, se entiende su conformidad con la autorización de la instalación.
Se ha recibido el informe correspondiente del Ministerio de Defensa, en el que se recoge que el citado organismo no tiene objeción alguna que formular al proyecto.
Se han recibido informes correspondientes del Ayuntamiento de Colmenar Viejo y de
la Dirección General de Carreteras, de la Consejería de Transporte e infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, en los que se han establecido condicionantes al proyecto, que han
sido aceptados por el solicitante.
Quinto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia de esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de Traspaso de Funciones y Servicios del Estado en Materia de Industria,
Energía y Minas; el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010,
de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación
e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y
formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16
de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas
en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se
regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008,
de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de
Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008, y el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y
Garantías de Seguridad en Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de
BOCM-20230721-11
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
tica, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y
aprobación del proyecto para la construcción de una subestación eléctrica, de 66/20 kV, en
la carretera M-618, sin número (ST Lavanderas) en el término municipal de Colmenar Viejo, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. ( BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 161, de 8 de julio de 2022).
Se han presentado alegaciones en el período de trámite anterior por parte de la empresa Canal de Isabel II, S. A., mediante escrito con registro de entrada de 3 de agosto de 2022.
Se han tenido en cuenta las alegaciones en la tramitación del expediente, siendo aceptadas
por el solicitante las condiciones establecidas por dicha sociedad.
Cuarto
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre,
se ha dado traslado de separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas, a considerar, Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Ministerio de Defensa, Agencia Estatal de Seguridad Aérea y Dirección
General de Carreteras, de la Consejería de Transporte e infraestructuras de la Comunidad
de Madrid.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se recibió contestación de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por lo que de acuerdo al artículo 11.2 del Decreto 70/2020,
de 7 de octubre, se entiende su conformidad con la autorización de la instalación.
Se ha recibido el informe correspondiente del Ministerio de Defensa, en el que se recoge que el citado organismo no tiene objeción alguna que formular al proyecto.
Se han recibido informes correspondientes del Ayuntamiento de Colmenar Viejo y de
la Dirección General de Carreteras, de la Consejería de Transporte e infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, en los que se han establecido condicionantes al proyecto, que han
sido aceptados por el solicitante.
Quinto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia de esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de Traspaso de Funciones y Servicios del Estado en Materia de Industria,
Energía y Minas; el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010,
de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación
e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y
formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16
de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas
en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se
regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008,
de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de
Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008, y el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y
Garantías de Seguridad en Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de
BOCM-20230721-11
Primero