Mejorada del Campo (BOCM-20230712-74)
Organización y funcionamiento. Periodicidad sesiones del Pleno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
MEJORADA DEL CAMPO
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión extraordinaria celebrada el 30 de junio de 2023, ha aprobado los acuerdos siguientes, con el contenido que, en extracto, se inserta a continuación, que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente:
1.o Número 68/2023. Periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
(…)
Primero.—Establecer la periodicidad mensual de las sesiones ordinarias del Pleno, que
se celebrarán el último jueves hábil de cada mes a la hora que se determine en cada convocatoria en horario de mañana entre las 08.00 y las 12.00 horas.
Las sesiones ordinarias que, según la periodicidad preestablecida, habrían de celebrarse en día inhábil o en Semana Santa se trasladarán al primer día hábil siguiente en el primer
caso y al martes de la semana siguiente en el segundo.
En los meses de julio, septiembre y diciembre las sesiones ordinarias se celebrarán en
la primera quincena, en la fecha y hora que determine la convocatoria.
Segundo.—Revocar el Acuerdo de Pleno 93/2019, de 26 de junio, relativo a la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
Tercero.—Expedir certificado de este acuerdo para su conservación en la Secretaría
General.
Cuarto.—Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios electrónico y en el portal de
transparencia, así como en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
(…)
2.o Número 69/2023. Determinación, periodicidad de las sesiones ordinarias, funciones y composición de las comisiones informativas.
(…)
Primero.—Establecer como Comisión Informativa de carácter permanente la Comisión Informativa General y como Comisión Informativa de carácter especial la Comisión
Especial de Cuentas.
Segundo.—Fijar la periodicidad mensual de las sesiones ordinarias de la Comisión Informativa General cuando existan asuntos de su competencia para su inclusión en el orden
del día, que se celebrarán el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial. Su sesión constitutiva se celebrará durante el mes de julio de 2023.
La Comisión Especial de Cuentas se reunirá con carácter ordinario para el ejercicio de
las funciones asignadas por la legislación vigente, constituyéndose en la primera sesión que
celebre.
Tercero.—Asignar a las Comisiones Informativas las funciones siguientes:
a) Corresponde a la Comisión Informativa General:
1.o El examen y dictamen previo de las iniciativas que la Alcaldía o las Concejalías Delegadas deseen someter a su conocimiento o de aquellas que deban dictaminarse por corresponder su resolución al Pleno o, por delegación suya, a la
Junta de Gobierno Local.
2.o El seguimiento de la gestión municipal en su ámbito de competencia material,
sin perjuicio del superior control y fiscalización que corresponde al Pleno.
b) Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas informar provisionalmente la
Cuenta General, examinar las reclamaciones, reparos u observaciones que se presenten durante el trámite de información pública y, en caso de formularse aquéllos, evacuar informe definitivo para su consideración por el Pleno, de conformidad con la normativa hacendística y contable aplicable a las Entidades locales.
BOCM-20230712-74
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
MEJORADA DEL CAMPO
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión extraordinaria celebrada el 30 de junio de 2023, ha aprobado los acuerdos siguientes, con el contenido que, en extracto, se inserta a continuación, que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente:
1.o Número 68/2023. Periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
(…)
Primero.—Establecer la periodicidad mensual de las sesiones ordinarias del Pleno, que
se celebrarán el último jueves hábil de cada mes a la hora que se determine en cada convocatoria en horario de mañana entre las 08.00 y las 12.00 horas.
Las sesiones ordinarias que, según la periodicidad preestablecida, habrían de celebrarse en día inhábil o en Semana Santa se trasladarán al primer día hábil siguiente en el primer
caso y al martes de la semana siguiente en el segundo.
En los meses de julio, septiembre y diciembre las sesiones ordinarias se celebrarán en
la primera quincena, en la fecha y hora que determine la convocatoria.
Segundo.—Revocar el Acuerdo de Pleno 93/2019, de 26 de junio, relativo a la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
Tercero.—Expedir certificado de este acuerdo para su conservación en la Secretaría
General.
Cuarto.—Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios electrónico y en el portal de
transparencia, así como en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
(…)
2.o Número 69/2023. Determinación, periodicidad de las sesiones ordinarias, funciones y composición de las comisiones informativas.
(…)
Primero.—Establecer como Comisión Informativa de carácter permanente la Comisión Informativa General y como Comisión Informativa de carácter especial la Comisión
Especial de Cuentas.
Segundo.—Fijar la periodicidad mensual de las sesiones ordinarias de la Comisión Informativa General cuando existan asuntos de su competencia para su inclusión en el orden
del día, que se celebrarán el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial. Su sesión constitutiva se celebrará durante el mes de julio de 2023.
La Comisión Especial de Cuentas se reunirá con carácter ordinario para el ejercicio de
las funciones asignadas por la legislación vigente, constituyéndose en la primera sesión que
celebre.
Tercero.—Asignar a las Comisiones Informativas las funciones siguientes:
a) Corresponde a la Comisión Informativa General:
1.o El examen y dictamen previo de las iniciativas que la Alcaldía o las Concejalías Delegadas deseen someter a su conocimiento o de aquellas que deban dictaminarse por corresponder su resolución al Pleno o, por delegación suya, a la
Junta de Gobierno Local.
2.o El seguimiento de la gestión municipal en su ámbito de competencia material,
sin perjuicio del superior control y fiscalización que corresponde al Pleno.
b) Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas informar provisionalmente la
Cuenta General, examinar las reclamaciones, reparos u observaciones que se presenten durante el trámite de información pública y, en caso de formularse aquéllos, evacuar informe definitivo para su consideración por el Pleno, de conformidad con la normativa hacendística y contable aplicable a las Entidades locales.
BOCM-20230712-74
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