Majadahonda (BOCM-20230712-70)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
creto y, en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular de la citada Área:
a) Dirigir y planificar la política educativa del Ayuntamiento.
b) Asumir las relaciones en materia educativa con otras Administraciones Públicas,
así como con organismos públicos y privados, que desarrollen actividades o programas educativos.
c) Regular y coordinar el uso de los centros públicos docentes para actividades
educativas, culturales, o recreativas complementarias de la docencia, así como
programar la oferta global de actividades extraescolares.
d) Coordinar el funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Educación
Infantil, Primaria y Secundaria.
e) La dirección y gestión en general de las actividades y servicios municipales relativos a Juventud.
f) Establecer y desarrollar programas específicos para la juventud, directamente y
en colaboración con otras entidades autonómicas y locales y con otras entidades,
públicas y privadas.
g) Planificar y ejecutar programas de ocio y tiempo libre y hábitos saludables en la
población juvenil.
h) Establecer y ejecutar, en colaboración con las Concejalías Delegadas competentes, programas que faciliten a los jóvenes el acceso a la vivienda, así como la
orientación y la promoción del empleo juvenil.
i) Facilitar el acceso a la información y al asesoramiento de los jóvenes.
j) Promocionar la participación de los jóvenes en la vida social y cultural a través de
asociaciones, organizaciones no gubernamentales y otras formas de participación.
k) El impulso y la gestión de albergues, campamentos y otras instalaciones específicas destinadas a la juventud.
Duodécimo.—Designar a D.a María José Montón Rosáenz concejal delegada de Sanidad, Consumo, Vigilancia y Control de Animales, integrada en el Área de Desarrollo Económico, Empleo, Educación y Sanidad, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se
establece en el apartado decimosexto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a
continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) La dirección, gestión y resolución, en general, de los servicios y actividades municipales relativos a Sanidad y Consumo.
b) La dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativos a la
Vigilancia y Control de Animales.
c) Control del cumplimiento de la normativa sobre protección animal.
d) La capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en materia de
conciliaciones y arbitrajes de Consumo.
Decimotercero.—Designar a D.a Marina Arines Vega concejal delegada de Bienestar
Social, Familia y Mayores, integrada en el Área de Bienestar, Cultura, Calidad de Vida y
Relaciones Institucionales, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado decimosexto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación además
de la dirección, supervisión y coordinación de las Concejalías Delegadas integradas en su
Área de Gobierno Municipal:
a) Diseño y posterior aplicación de las iniciativas contra la Soledad no Deseada en
el municipio al objeto de contar con herramientas útiles para combatir esta lacra y con cuya aplicación se pueda minimizar esta realidad con el objetivo de
alcanzar en un período razonable la Soledad Cero en el ámbito del municipio
de Majadahonda.
b) Impulso de todas las actuaciones y proyectos que engloben a los diferentes grupos
de edad residentes en el municipio (menores, jóvenes, adultos y mayores) en aras
a configurar actividades y dinámicas de participación conjunta que refuercen la
calidad de vida de los vecinos del municipio y fortalezcan los lazos existentes entre los mismos.
c) Gestión de los servicios y actividades municipales relativas a Infancia y Familia.
d) Gestión de los convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid en
materia de Infancia y Familia.
Pág. 247
BOCM-20230712-70
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
creto y, en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular de la citada Área:
a) Dirigir y planificar la política educativa del Ayuntamiento.
b) Asumir las relaciones en materia educativa con otras Administraciones Públicas,
así como con organismos públicos y privados, que desarrollen actividades o programas educativos.
c) Regular y coordinar el uso de los centros públicos docentes para actividades
educativas, culturales, o recreativas complementarias de la docencia, así como
programar la oferta global de actividades extraescolares.
d) Coordinar el funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Educación
Infantil, Primaria y Secundaria.
e) La dirección y gestión en general de las actividades y servicios municipales relativos a Juventud.
f) Establecer y desarrollar programas específicos para la juventud, directamente y
en colaboración con otras entidades autonómicas y locales y con otras entidades,
públicas y privadas.
g) Planificar y ejecutar programas de ocio y tiempo libre y hábitos saludables en la
población juvenil.
h) Establecer y ejecutar, en colaboración con las Concejalías Delegadas competentes, programas que faciliten a los jóvenes el acceso a la vivienda, así como la
orientación y la promoción del empleo juvenil.
i) Facilitar el acceso a la información y al asesoramiento de los jóvenes.
j) Promocionar la participación de los jóvenes en la vida social y cultural a través de
asociaciones, organizaciones no gubernamentales y otras formas de participación.
k) El impulso y la gestión de albergues, campamentos y otras instalaciones específicas destinadas a la juventud.
Duodécimo.—Designar a D.a María José Montón Rosáenz concejal delegada de Sanidad, Consumo, Vigilancia y Control de Animales, integrada en el Área de Desarrollo Económico, Empleo, Educación y Sanidad, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se
establece en el apartado decimosexto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a
continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) La dirección, gestión y resolución, en general, de los servicios y actividades municipales relativos a Sanidad y Consumo.
b) La dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativos a la
Vigilancia y Control de Animales.
c) Control del cumplimiento de la normativa sobre protección animal.
d) La capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en materia de
conciliaciones y arbitrajes de Consumo.
Decimotercero.—Designar a D.a Marina Arines Vega concejal delegada de Bienestar
Social, Familia y Mayores, integrada en el Área de Bienestar, Cultura, Calidad de Vida y
Relaciones Institucionales, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado decimosexto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación además
de la dirección, supervisión y coordinación de las Concejalías Delegadas integradas en su
Área de Gobierno Municipal:
a) Diseño y posterior aplicación de las iniciativas contra la Soledad no Deseada en
el municipio al objeto de contar con herramientas útiles para combatir esta lacra y con cuya aplicación se pueda minimizar esta realidad con el objetivo de
alcanzar en un período razonable la Soledad Cero en el ámbito del municipio
de Majadahonda.
b) Impulso de todas las actuaciones y proyectos que engloben a los diferentes grupos
de edad residentes en el municipio (menores, jóvenes, adultos y mayores) en aras
a configurar actividades y dinámicas de participación conjunta que refuercen la
calidad de vida de los vecinos del municipio y fortalezcan los lazos existentes entre los mismos.
c) Gestión de los servicios y actividades municipales relativas a Infancia y Familia.
d) Gestión de los convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid en
materia de Infancia y Familia.
Pág. 247
BOCM-20230712-70
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