Majadahonda (BOCM-20230712-70)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 164

b) El impulso y la ejecución de la política municipal de vivienda y las relaciones
con la empresa municipal “Patrimonio Municipal de Majadahonda, S. A.”
(PAMMASA), así como el impulso de aquellas actividades que le sean encomendadas por el Ayuntamiento a dicha empresa pública.
c) El control y la gestión de los aspectos relativos a la Inspección Técnica de
Edificios.
— En materia de Obras e Infraestructuras:
a) Dirección, impulso e inspección de las obras municipales en general.
b) Aprobación de los proyectos de obra incluidos dentro de los importes para los
contratos menores de servicios y suministros establecidos por la Ley 9/2017,
de Contratos del Sector Público.
c) Aprobación del Plan de Seguridad y Salud, así como de la adjudicación o
nombramiento de la dirección facultativa y del Coordinador de Seguridad y
Salud de las obras en aquellos supuestos en los que sea exigible.
d) La preparación, licitación, dirección y seguimiento de la ejecución de los contratos vinculados a alumbrado público, eficiencia energética, vías públicas y
asfaltado.
e) El establecimiento de directrices y criterios generales respecto a la aplicación
de fondos recibidos por el municipio de Majadahonda con cargo al Programa
de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).
Sexto.—Designar a D. Ramón Losada Díaz, concejal delegado de Proximidad, Mantenimiento de la Ciudad y Urbanizaciones, integrado en el Área de Desarrollo Urbano, Vivienda, Medio Ambiente y Urbanizaciones, delegándole las facultades que corresponden
legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se
establece en el apartado decimosexto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a
continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular de la citada Área:
a) Coordinación y fomento de la labor de proximidad y cercanía de la gestión municipal en el casco urbano y en las urbanizaciones del municipio.
b) El mantenimiento de edificios, instalaciones y vías públicas municipales.
c) El control y gestión de la limpieza en los edificios municipales.
d) Dirección y coordinación de los medios personales y materiales municipales destinados a obras, reformas y reparaciones.
e) La preparación, dirección y seguimiento de la ejecución de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras urbanas existentes y disponibles en el municipio
(mobiliario urbano, señalética, saneamiento y alcantarillado, calzadas, cementerios o servicios funerarios, entre otros).
Séptimo.—Designar a D.a Laura Romero Vaquero concejal delegada de Medio
Ambiente y Proyectos Financiables, integrada en el Área de Desarrollo Urbano, Vivienda,
Medio Ambiente y Urbanizaciones, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece
en el apartado decimosexto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) Dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativas al Medio
Ambiente, Parques, Jardines y Limpieza Urbana, sin perjuicio de las competencias
que en este último aspecto corresponden a la Concejalía Delegada competente en
materia de Mantenimiento de la Ciudad.
b) Dirección ordinaria de los servicios de limpieza urbana, recogida y gestión de residuos sólidos urbanos, prevención de la contaminación, y en general, todos aquellos recogidos en el ámbito de las funciones de la Alcaldía sobre Medio Ambiente que sean delegables.
c) Dirección e impulso de la política sobre sostenibilidad del municipio.
d) Dirección y seguimiento de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras
y servicios municipales, como son: recogida de basura, gestión de residuos sólidos, punto limpio, limpieza urbana, Parques, jardines, zonas verdes y espacios
ajardinados.
e) Mantenimiento de los parques y jardines del municipio, así como el diseño y ejecución de los nuevos espacios verdes contemplados en los instrumentos de planificación urbanística.

BOCM-20230712-70

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