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Convenio –  Convenio de 29 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el impulso al producto turístico Trenes Históricos a Destinos Patrimonio Mundial en Madrid: Tren de Felipe II y Tren de la Fresa
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 164

La Comunidad de Madrid se compromete a respetar las normas sobre acumulación de
ayudas del art. 8 del mencionado Reglamento, así como a comunicar la ayuda a la Comisión en el plazo de 20 días desde su entrada en vigor, de acuerdo con el art. 11 de dicho Reglamento. En el caso de que el beneficiario se halle incurso en un procedimiento de recuperación de una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, se suspenderá la
concesión de la ayuda, de acuerdo con la jurisprudencia Deggendorf.
La subvención concedida en aplicación de este Convenio será compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos asignados para las mismas actuaciones recogidas en él, siempre que la suma de todas ellas, consideradas en actuación individualizada, no supere el coste de cada actuación en particular.
Duodécima
Vigencia
La duración del presente convenio se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 31
de diciembre de 2023. El periodo de realización de las actividades subvencionadas será el
comprendido desde el 1 de enero de 2023 hasta el 1 de diciembre de 2023.
Decimotercera
Régimen jurídico del Convenio y jurisdicción
El presente Convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, siéndole de aplicación la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en todo aquello que constituya legislación básica y, en su caso, supletoria.
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecidos en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, en los términos establecidos en el artículo 48.7 de la citada ley. Esto es,
en todo lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma. Asimismo, será de aplicación el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
En caso de discrepancias en la interpretación y/o efectos del presente convenio, las
partes se someten al fuero de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Decimocuarta
Las partes, se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, y en cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
Cada una de las partes intervinientes, será responsable del tratamiento de los datos personales en sus respectivos ámbitos competenciales, con la finalidad de gestionar los fondos
MRR en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme a la
relación y términos descritos en el presente convenio. Las partes se abstendrán de hacer tratamiento de los datos personales alguno que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de dicha finalidad.
Ante los responsables del tratamiento en el ámbito de sus respectivas competencias,
los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así
como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales u oponerse al mismo.
Las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las limitaciones
establecidas, en su caso, por la normativa de aplicación, sobre cualquier información que

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Confidencialidad y protección de datos de carácter personal