D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230712-21)
Convenio –  Convenio de 20 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, en virtud del cual se formaliza la concesión de una subvención a dicha entidad por importe de 150.000 euros, para financiar las actuaciones a realizar para la integración de las personas inmigrantes en la Comunidad de Madrid en el año 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 164

licen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación,
o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de
eficiencia y económica, debiendo justificarse expresamente en una memoria la
elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
12. Cruz Roja Española se obliga a presentar declaración responsable del representante legal de la entidad, como responsable de los tratamientos de datos personales
desarrollados como consecuencia del desarrollo de los programas del presente
convenio, por la que asuma cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Novena
Finalizado el programa subvencionado, Cruz Roja Española, deberá presentar en un
plazo de tres meses, a contar desde el 31 de diciembre de 2023, la siguiente documentación
acreditativa del cumplimiento del objeto de la subvención:
1. Un informe final de carácter técnico y económico en el que se expresen los objetivos y resultados alcanzados, y las actividades desarrolladas, así como una evaluación global del impacto.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la subvención concedida.
3. Las facturas y demás documentos que acrediten el gasto, con sus correspondientes
justificantes de pago, de acuerdo con las actuaciones del convenio.
4. Una relación de los beneficiarios de las actuaciones de acogida integral e integración.
5. Los gastos de personal se justificarán con la presentación de los contratos de trabajo, nóminas, boletines de cotización a la Seguridad Social (Recibo de liquidaciones de Cotizaciones y Relación Nominal de Trabajadores) y modelos correspondientes a las retenciones a cuenta del IRPF. Todos estos documentos deberán ir
acompañados de sus justificantes bancarios de pago.
6. Una certificación del representante legal de la Cruz Roja Española en la que se
haga constar los siguientes aspectos: que las nóminas justificativas relacionadas
en el documento anterior corresponden a pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención; que la entidad los
asume como propios y que los originales quedan depositados en la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Integración para cualquier inspección, no habiendo sido presentados ante otras entidades públicas o privadas como
justificantes de ayudas concedidas por las mismas.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
La presentación de la documentación prevista en este apartado, se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid o en cualquiera de las oficinas de asistencia en
materia de registro a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con el artículo 32.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Dirección General llevará a cabo la comprobación de la subvención, a cuyos fines suscribirá la correspondiente certificación de conformidad, ajustada al artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997,
de 20 de marzo, por el que se desarrolla el régimen de Control Interno y Contable ejercido
por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
En particular, dicha certificación expresará que la documentación justificativa se ha
presentado en el tiempo y la forma previstos en el presente convenio; que los gastos efectivamente realizados se adecuan en su naturaleza a la finalidad de la subvención y que se
acredita la aplicación del total importe concedido.

BOCM-20230712-21

Justificación de la subvención y plazo de justificación