D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230712-21)
Convenio – Convenio de 20 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, en virtud del cual se formaliza la concesión de una subvención a dicha entidad por importe de 150.000 euros, para financiar las actuaciones a realizar para la integración de las personas inmigrantes en la Comunidad de Madrid en el año 2023
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BOCM
Pág. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
21
CONVENIO de 20 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, en virtud del
cual se formaliza la concesión de una subvención a dicha entidad por importe
de 150.000 euros, para financiar las actuaciones a realizar para la integración
de las personas inmigrantes en la Comunidad de Madrid en el año 2023.
En Madrid, a 20 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Ttreviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto
47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de
las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de
10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Francisco Gabriel Sánchez Parodi, actuando en nombre y representación
de Cruz Roja Española, inscrita en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid mediante Resolución de 9 de enero de 1992, en virtud de
poder otorgado el 11 de julio de 2019, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, con el número 3.178 de su protocolo.
Las partes, en la representación con que actúan, se reconocen plena capacidad legal
para celebrar el presente convenio y manifiestan que sus facultades no han sido modificadas ni limitadas al efecto.
EXPONEN
Primero
La presencia de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid representa, a 1 de
enero de 2021, el 15 por 100 de la población de la región, según Informe de Población Extranjera 2021, publicado el año pasado por el Observatorio de Inmigración, Centro de Estudios y
Datos de la Comunidad de Madrid, excluyendo a la población que se ha nacionalizado, representando, por tanto, una gran relevancia en todos los ámbitos de la sociedad.
Segundo
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.23 establece como competencia exclusiva
de la Comunidad de Madrid, la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
El Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, dispone
en su artículo 1 que su titular ejercerá las competencias que tiene atribuidas por el artículo 41
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y demás disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la coordinación, la dirección y la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de cohesión, inclusión social, servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud, promoción
social, fomento del voluntariado, inmigración y cooperación al desarrollo, familia y natalidad,
mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y servicios de acción
social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos
BOCM-20230712-21
Tercero
Pág. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
21
CONVENIO de 20 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, en virtud del
cual se formaliza la concesión de una subvención a dicha entidad por importe
de 150.000 euros, para financiar las actuaciones a realizar para la integración
de las personas inmigrantes en la Comunidad de Madrid en el año 2023.
En Madrid, a 20 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Ttreviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto
47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de
las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de
10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Francisco Gabriel Sánchez Parodi, actuando en nombre y representación
de Cruz Roja Española, inscrita en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid mediante Resolución de 9 de enero de 1992, en virtud de
poder otorgado el 11 de julio de 2019, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, con el número 3.178 de su protocolo.
Las partes, en la representación con que actúan, se reconocen plena capacidad legal
para celebrar el presente convenio y manifiestan que sus facultades no han sido modificadas ni limitadas al efecto.
EXPONEN
Primero
La presencia de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid representa, a 1 de
enero de 2021, el 15 por 100 de la población de la región, según Informe de Población Extranjera 2021, publicado el año pasado por el Observatorio de Inmigración, Centro de Estudios y
Datos de la Comunidad de Madrid, excluyendo a la población que se ha nacionalizado, representando, por tanto, una gran relevancia en todos los ámbitos de la sociedad.
Segundo
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.23 establece como competencia exclusiva
de la Comunidad de Madrid, la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
El Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, dispone
en su artículo 1 que su titular ejercerá las competencias que tiene atribuidas por el artículo 41
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y demás disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la coordinación, la dirección y la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de cohesión, inclusión social, servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud, promoción
social, fomento del voluntariado, inmigración y cooperación al desarrollo, familia y natalidad,
mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y servicios de acción
social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos
BOCM-20230712-21
Tercero