D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230712-19)
Convenio – Adenda de 16 de junio de 2023, de prórroga del convenio celebrado entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad) y la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF), para impulsar el programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
Pág. 103
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
19
ADENDA de 16 de junio de 2023, de prórroga del convenio celebrado entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad) y
la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF), para impulsar el programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
En Madrid, a 16 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Política Social D.a María Concepción Dancausa Treviño, en virtud del Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el
artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Dña. Helena Escalada Pardo, con NIF ***3860**, en representación de la
Asociación Estatal de Acogimiento Familiar, en adelante ASEAF, cuyo nombramiento
como presidenta de la Asociación fue acordado en la asamblea de la junta directiva celebrada el 21 de mayo de 2023 y está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 51.243, grupo primero, sección segunda.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
Que el día 26 de octubre de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid
(Consejera de Familia, Juventud y Política Social) y ASEAF para impulsar el programa de
acogimiento familiar temporal durante el curso escolar, con vigencia desde el 26 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023.
Segundo
Que la cláusula decimosegunda del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por hasta cuatro años adicionales de conformidad
con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y que esta prórroga deberá formalizarse mediante adenda al menos dos meses antes de la finalización del período de vigencia del convenio.
Tercero
Cuarto
Que el servicio prestado por ASEAF desde el inicio del convenio ha sido realizado a
plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes
BOCM-20230712-19
Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo del programa de
acogimiento familiar temporal durante el curso escolar.
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
Pág. 103
I. COMUNIDAD DE MADRID
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19
ADENDA de 16 de junio de 2023, de prórroga del convenio celebrado entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad) y
la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF), para impulsar el programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
En Madrid, a 16 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Política Social D.a María Concepción Dancausa Treviño, en virtud del Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el
artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Dña. Helena Escalada Pardo, con NIF ***3860**, en representación de la
Asociación Estatal de Acogimiento Familiar, en adelante ASEAF, cuyo nombramiento
como presidenta de la Asociación fue acordado en la asamblea de la junta directiva celebrada el 21 de mayo de 2023 y está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 51.243, grupo primero, sección segunda.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
Que el día 26 de octubre de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid
(Consejera de Familia, Juventud y Política Social) y ASEAF para impulsar el programa de
acogimiento familiar temporal durante el curso escolar, con vigencia desde el 26 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023.
Segundo
Que la cláusula decimosegunda del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por hasta cuatro años adicionales de conformidad
con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y que esta prórroga deberá formalizarse mediante adenda al menos dos meses antes de la finalización del período de vigencia del convenio.
Tercero
Cuarto
Que el servicio prestado por ASEAF desde el inicio del convenio ha sido realizado a
plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes
BOCM-20230712-19
Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo del programa de
acogimiento familiar temporal durante el curso escolar.