Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20230710-99)
Organizacion y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 162

— La competencia para la celebración de los contratos privados, así como la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación, en los términos definidos en el artículo 100.1, no
supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de
tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor
no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
De conformidad con el artículo 21.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local:
— La aprobación de Proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su
contratación o concesión y estén previstas en el presupuesto.
C) En materia económica presupuestaria:
— Aprobación de certificaciones de obra.
— Aprobación del Plan de Control Tributario y Plan de Inspección Tributaria de
conformidad con el artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
D) En materia de subvenciones, ayudas y de colaboración con asociaciones o entidades vecinales, culturales y deportivas:
— Resolver los expedientes de subvenciones que el Ayuntamiento pretenda otorgar a
terceras personas (asistencia social, transporte escolar, comedor, etc.) cuando su
importe supere los 601 euros.
— La aprobación de los convenios de colaboración distintos de los regulados en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— Solicitud de subvenciones y ayudas que se convoquen mediante publicación en los
boletines oficiales, siempre que la competencia para solicitar la subvención no se
atribuya al Pleno por la norma reguladora.
E) En las materias de competencia municipal:
— La Aprobación de convenios a suscribir en los tipos del artículo 47 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— La aprobación de encomiendas de gestión, autorizaciones y encargos a medios
propios (Empresa Municipal de Servicios y Empresa Municipal de la Vivienda)
del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, en los términos y al amparo de los artículos 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
— Nomenclatura de las calles y demás vías y espacios públicos.
— La aprobación de planes, programas, protocolos, instrucciones y normas sectoriales, siempre que su contenido se refiera a competencias delegadas en los decretos
de Alcaldía-Presidencia en las Concejalías-Delegadas, cuya competencia no se
atribuya legal o reglamentariamente al Pleno.
F) Todas aquellas otras que la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma
asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales y sean susceptibles de delegación.
Segundo.—No obstante la delegación, la Alcaldía-Presidencia podrá hacer uso en
cualquier momento de las competencias delegadas mediante resolución o decreto. La adopción por la Junta de Gobierno Local de los respectivos acuerdos se efectuará con sujeción
a la previa tramitación del procedimiento legalmente establecido. Las atribuciones no delegadas expresamente se mantendrán por la Alcaldía-Presidencia, incluso la residual, los
acuerdos que adopte la Junta de Gobierno Local en relación con las materias delegadas tendrán el mismo valor que las que dictase la Alcaldía en relación con las atribuciones que no
hubiere delegado.
Tercero.—Notificar la presente resolución a las Coordinaciones de Área y Servicio,
Direcciones de Área y Servicio, Intervención Municipal, Departamento de Contratación,
Asesoría Jurídica para su conocimiento y efectos oportunos.
Cuarto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, Intranet municipal y en los tablones de anuncios municipales,
dando cuenta del mismo al Pleno en la primera sesión que este celebre.
Rivas-Vaciamadrid, a 28 de junio de 2023.—La secretaria general accidental, Silvia
Gómez Merino.
(03/11.516/23)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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