Griñón (BOCM-20230710-76)
Organización y funcionamiento. Creación comisiones informativas
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 281
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
GRIÑÓN
El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria de 23 de junio de 2023,
ha adoptado el siguiente acuerdo de creación y composición de las Comisiones Informativas cuyo tenor literal es el que sigue:
“Primero.—Crear las Comisiones Informativas de carácter permanente siguientes:
— Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda, Contratación, Bienes y Patrimonio. Esta Comisión Informativa asumirá las
competencias que el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 193 de la
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, atribuye
a la Comisión Especial de Cuentas, constituyéndose a estos efectos para las citadas funciones en tal condición.
— Comisión Informativa Permanente de Servicios Públicos Generales, Régimen Interior, Organización y Recursos Humanos.
— Comisión Informativa Permanente de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente,
Empleo, Comercio, Industria y Urbanismo.
— Comisión Informativa Permanente de Participación Ciudadana y Transparencia.
Segundo.—La composición de las mismas será proporcional al Pleno y, dado que no
puede obtenerse esa proporcionalidad, el voto será ponderado a la representación en el Pleno. Así pues, a los efectos y de conformidad con el artículo 33 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, de garantizar el sistema de
mayorías en las Comisiones Informativas, se establece para todas ellas el sistema de voto
ponderado.
La comisión estará compuesta por siete miembros, salvo delegaciones efectivas de
presidencia, cada uno de un Grupo Municipal, cuyo voto será ponderado-proporcional a su
representatividad en el Pleno.
Las competencias de cada una de las Comisiones Informativas y Permanentes son las
que se detallan seguidamente y dado que los Grupos Políticos han facilitado los nombres
de los correspondientes integrantes de cada una de las Comisiones Informativas, quedan
configuradas de la siguiente forma:
Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda,
Contratación, Bienes y Patrimonio:
— Presidente: alcalde o concejal en quien delegue.
— Miembros de la Comisión:
d Un miembro del grupo PP, su voto se pondera con valor de 12.
d Un miembro del grupo VOX, su voto se pondera con valor de 3.
d Un miembro del grupo PSOE, su voto se pondera con valor de 2.
— Secretario: el secretario general del Ayuntamiento o funcionario que legalmente le
sustituya.
Comisión Informativa Permanente de Servicios Públicos Generales, Régimen Interior,
Organización y Recursos Humanos.
— Presidente: alcalde o concejal en quien delegue.
— Miembros de la Comisión:
d Un miembro del grupo PP, su voto se pondera con valor de 12.
d Un miembro del grupo VOX, su voto se pondera con valor de 3.
d Un miembro del grupo PSOE, su voto se pondera con valor de 2.
— Secretario: el secretario general del Ayuntamiento o funcionario que legalmente le
sustituya.
BOCM-20230710-76
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 281
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
GRIÑÓN
El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria de 23 de junio de 2023,
ha adoptado el siguiente acuerdo de creación y composición de las Comisiones Informativas cuyo tenor literal es el que sigue:
“Primero.—Crear las Comisiones Informativas de carácter permanente siguientes:
— Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda, Contratación, Bienes y Patrimonio. Esta Comisión Informativa asumirá las
competencias que el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 193 de la
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, atribuye
a la Comisión Especial de Cuentas, constituyéndose a estos efectos para las citadas funciones en tal condición.
— Comisión Informativa Permanente de Servicios Públicos Generales, Régimen Interior, Organización y Recursos Humanos.
— Comisión Informativa Permanente de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente,
Empleo, Comercio, Industria y Urbanismo.
— Comisión Informativa Permanente de Participación Ciudadana y Transparencia.
Segundo.—La composición de las mismas será proporcional al Pleno y, dado que no
puede obtenerse esa proporcionalidad, el voto será ponderado a la representación en el Pleno. Así pues, a los efectos y de conformidad con el artículo 33 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, de garantizar el sistema de
mayorías en las Comisiones Informativas, se establece para todas ellas el sistema de voto
ponderado.
La comisión estará compuesta por siete miembros, salvo delegaciones efectivas de
presidencia, cada uno de un Grupo Municipal, cuyo voto será ponderado-proporcional a su
representatividad en el Pleno.
Las competencias de cada una de las Comisiones Informativas y Permanentes son las
que se detallan seguidamente y dado que los Grupos Políticos han facilitado los nombres
de los correspondientes integrantes de cada una de las Comisiones Informativas, quedan
configuradas de la siguiente forma:
Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda,
Contratación, Bienes y Patrimonio:
— Presidente: alcalde o concejal en quien delegue.
— Miembros de la Comisión:
d Un miembro del grupo PP, su voto se pondera con valor de 12.
d Un miembro del grupo VOX, su voto se pondera con valor de 3.
d Un miembro del grupo PSOE, su voto se pondera con valor de 2.
— Secretario: el secretario general del Ayuntamiento o funcionario que legalmente le
sustituya.
Comisión Informativa Permanente de Servicios Públicos Generales, Régimen Interior,
Organización y Recursos Humanos.
— Presidente: alcalde o concejal en quien delegue.
— Miembros de la Comisión:
d Un miembro del grupo PP, su voto se pondera con valor de 12.
d Un miembro del grupo VOX, su voto se pondera con valor de 3.
d Un miembro del grupo PSOE, su voto se pondera con valor de 2.
— Secretario: el secretario general del Ayuntamiento o funcionario que legalmente le
sustituya.
BOCM-20230710-76
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO