C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20230710-23)
Organización y delegación competencias –  Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 162

m) El desarrollo de estrategias y acciones de conexión con el ecosistema de emprendimiento e innovación local, regional y nacional.
n) La firma de las solicitudes de subvención a las que, en nombre de la Universidad
Complutense, pueda concurrir la Oficina Complutense de Emprendimiento.
o) La coordinación de la captación de recursos externos para el desarrollo de infraestructuras y programas de emprendimiento e innovación.
p) La presidencia de los órganos de coordinación de los instrumentos universitarios
para el emprendimiento y la innovación.
q) La firma, seguimiento y ejecución de convenios en materia de formación permanente, de convenios para la realización de prácticas académicas externas y Trabajos Fin de Grado y Máster y convenios en el ámbito de actuación del emprendimiento y la innovación.
r) La elaboración de estudios e informes en las materias objeto de su delegación.
s) La resolución de los recursos administrativos, en las materias propias de su
competencia.
t) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
u) La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
v) Cuantas otras competencias atribuidas al Rector sean delegadas en el ámbito
funcional de este Vicerrectorado.
Artículo 10
1. El Vicerrectorado de Tecnología y Sostenibilidad será responsable de todas las
cuestiones relativas a las tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a las
labores de docencia, investigación y gestión, la innovación en materia de eficiencia energética, así como las cuestiones relacionadas con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado
elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
3. El Vicerrectorado de Tecnología y Sostenibilidad desarrollará las siguientes actividades y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:
a) La dirección del Consejo Asesor de Tecnologías de la Información.
b) El mantenimiento y gestión de sistemas de comunicación telemáticos institucionales de la Universidad.
c) La dirección de la política informática y de los servicios informáticos y de comunicaciones de la Universidad.
d) La consolidación y seguimiento del Campus Virtual, la definición, desarrollo y
gestión de sistemas de información o tecnologías para apoyo o desarrollo de la docencia y la digitalización del sistema educativo.
e) La definición y gestión de la digitalización de la Universidad.
f) La coordinación de estrategias contra el cambio climático y de planes de eficiencia energética, optimización de las infraestructuras y suministros, transición a
energías renovables, y de movilidad y para la descarbonización de la Universidad
en coordinación con el Vicerrectorado de Economía y con la Gerencia.
g) La gestión de residuos en los campus en coordinación con la Gerencia.
h) La protección y fomento de la biodiversidad en los campus y la conectividad de
servicios ecosistémicos.
i) El diseño y puesta en práctica de políticas que se adecuen a la Agenda 2030 y a los
Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como, la sensibilización de la comunidad
universitaria en esta materia, sin perjuicio de las competencias que se atribuyen al
Vicerrectorado de Estudiantes dentro de su específico ámbito de actuación.
j) Las acciones para la promoción del desarrollo económico y social equitativo, inclusivo y sostenible y aquellos trabajos que ayuden a la promoción y mejora del
bienestar.
k) La resolución de los recursos administrativos, en las materias propias de su
competencia.
l) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.

BOCM-20230710-23

Vicerrectorado de Tecnología y Sostenibilidad