C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20230710-23)
Organización y delegación competencias – Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
B.O.C.M. Núm. 162
El control y la aprobación de los gastos, la autorización del correspondiente compromiso y liquidación y la ordenación de los pagos, en concurrencia con la Gerencia.
La propuesta al Consejo de Gobierno de las directrices a que haya de ajustarse la
elaboración del anteproyecto de presupuesto en concurrencia con la Gerencia.
La aprobación de las modificaciones presupuestarias en aquellas materias que
sean de competencia del Rector.
El seguimiento de la tramitación y ejecución de las grandes obras en coordinación
con la Gerencia.
La gestión de las residencias de profesorado y de otros miembros de la comunidad
universitaria.
La gestión económica de la política de acción social, en coordinación con la
Gerencia.
La definición del modelo de gestión económica de las Clínicas Universitarias y
del Hospital Clínico Veterinario, en coordinación con el Vicerrectorado de Centros y Departamentos y con la Gerencia.
La resolución de los recursos administrativos, en las materias propias de su
competencia.
La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
Cuantas otras competencias atribuidas al Rector sean delegadas en el ámbito funcional de este Vicerrectorado, salvo que correspondan a la Gerencia.
Artículo 5
1. El Vicerrectorado de Centros y Departamentos será responsable de las materias
relacionadas con los Centros y Departamentos, salvo en lo que se refiere a aquellas expresamente atribuidas a otros Vicerrectorados.
2. Dentro del ámbito funcional identificado en el apartado anterior, el Vicerrectorado
de Centros y Departamentos elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
3. El Vicerrectorado de Centros y Departamentos desarrollará las siguientes actividades y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:
a) La presidencia de la Comisión para el Estudio de la Estructura de Centros.
b) La presidencia del Consejo Rector del Centro de Donación de Cuerpos y Salas de
Disección.
c) La propuesta de creación, modificación y supresión de Facultades y Escuelas.
d) La propuesta de creación, modificación y supresión de Departamentos Universitarios y Secciones Departamentales.
e) La coordinación de los procesos electorales en Facultades, Departamentos e Institutos de investigación.
f) El nombramiento y cese de los cargos académicos de las Facultades, a excepción
de los Decanos.
g) El nombramiento y cese de los Directores y las Directoras y demás cargos académicos de los Departamentos y Secciones Departamentales.
h) La propuesta de creación, modificación y supresión de Institutos Universitarios de
Investigación.
i) El nombramiento y cese de los Directores y las Directoras y demás cargos académicos de Institutos Universitarios de Investigación.
j) La propuesta de adscripción y desadscripción de Centros de enseñanza universitaria.
k) La coordinación de las relaciones de la Universidad con los Centros Adscritos.
l) La elevación al Rector de la propuesta de nombramiento de delegados en Centros
Adscritos.
m) El otorgamiento de las venias docentes del profesorado de los centros de enseñanza universitaria adscritos a la Universidad Complutense de Madrid.
n) El apoyo a las Facultades, Departamentos y Centros para la aprobación de sus reglamentos de régimen interno.
o) El seguimiento del Registro de Centros y Estructuras.
p) La elevación al Rector de la propuesta de nombramiento y cese de los Directores
y las Directoras y demás cargos académicos de las Escuelas de Especialización
BOCM-20230710-23
Vicerrectorado de Centros y Departamentos
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
B.O.C.M. Núm. 162
El control y la aprobación de los gastos, la autorización del correspondiente compromiso y liquidación y la ordenación de los pagos, en concurrencia con la Gerencia.
La propuesta al Consejo de Gobierno de las directrices a que haya de ajustarse la
elaboración del anteproyecto de presupuesto en concurrencia con la Gerencia.
La aprobación de las modificaciones presupuestarias en aquellas materias que
sean de competencia del Rector.
El seguimiento de la tramitación y ejecución de las grandes obras en coordinación
con la Gerencia.
La gestión de las residencias de profesorado y de otros miembros de la comunidad
universitaria.
La gestión económica de la política de acción social, en coordinación con la
Gerencia.
La definición del modelo de gestión económica de las Clínicas Universitarias y
del Hospital Clínico Veterinario, en coordinación con el Vicerrectorado de Centros y Departamentos y con la Gerencia.
La resolución de los recursos administrativos, en las materias propias de su
competencia.
La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
Cuantas otras competencias atribuidas al Rector sean delegadas en el ámbito funcional de este Vicerrectorado, salvo que correspondan a la Gerencia.
Artículo 5
1. El Vicerrectorado de Centros y Departamentos será responsable de las materias
relacionadas con los Centros y Departamentos, salvo en lo que se refiere a aquellas expresamente atribuidas a otros Vicerrectorados.
2. Dentro del ámbito funcional identificado en el apartado anterior, el Vicerrectorado
de Centros y Departamentos elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
3. El Vicerrectorado de Centros y Departamentos desarrollará las siguientes actividades y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:
a) La presidencia de la Comisión para el Estudio de la Estructura de Centros.
b) La presidencia del Consejo Rector del Centro de Donación de Cuerpos y Salas de
Disección.
c) La propuesta de creación, modificación y supresión de Facultades y Escuelas.
d) La propuesta de creación, modificación y supresión de Departamentos Universitarios y Secciones Departamentales.
e) La coordinación de los procesos electorales en Facultades, Departamentos e Institutos de investigación.
f) El nombramiento y cese de los cargos académicos de las Facultades, a excepción
de los Decanos.
g) El nombramiento y cese de los Directores y las Directoras y demás cargos académicos de los Departamentos y Secciones Departamentales.
h) La propuesta de creación, modificación y supresión de Institutos Universitarios de
Investigación.
i) El nombramiento y cese de los Directores y las Directoras y demás cargos académicos de Institutos Universitarios de Investigación.
j) La propuesta de adscripción y desadscripción de Centros de enseñanza universitaria.
k) La coordinación de las relaciones de la Universidad con los Centros Adscritos.
l) La elevación al Rector de la propuesta de nombramiento de delegados en Centros
Adscritos.
m) El otorgamiento de las venias docentes del profesorado de los centros de enseñanza universitaria adscritos a la Universidad Complutense de Madrid.
n) El apoyo a las Facultades, Departamentos y Centros para la aprobación de sus reglamentos de régimen interno.
o) El seguimiento del Registro de Centros y Estructuras.
p) La elevación al Rector de la propuesta de nombramiento y cese de los Directores
y las Directoras y demás cargos académicos de las Escuelas de Especialización
BOCM-20230710-23
Vicerrectorado de Centros y Departamentos