C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20230710-23)
Organización y delegación competencias –  Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 162

n) La gestión de la política de difusión y comunicación de resultados de la actividad
científica.
o) La gestión de la comunicación institucional en coordinación con el Gabinete del
Rector.
p) La dirección de la política de responsabilidad social corporativa.
q) La resolución de los recursos administrativos, en las materias propias de su
competencia.
r) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
s) La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
Artículo 15
Secretaría General
Además de las competencias que le atribuyen los Estatutos como propias, la Secretaría General elaborará las propuestas de líneas estratégicas del ámbito funcional en el que
actúa y ejercerá, por delegación, las siguientes competencias:
a) La representación de la Universidad en cuantos actos, negocios jurídicos y contratos
procedan ante cualquier administración o entidad pública o privada o ante cualesquiera personas físicas, sin perjuicio de las previsiones de representación específica
reconocidas en este mismo Decreto.
b) La solicitud de dictámenes de naturaleza jurídica a personas físicas o jurídicas.
c) La instrucción de los procedimientos administrativos que no estén expresamente
atribuidos a otros órganos de la Universidad y, entre ellos, especialmente, los de
revisión de oficio, declaración de lesividad y reclamación de responsabilidad
patrimonial.
d) La presidencia de la Comisión de Reglamentos del Consejo de Gobierno.
e) La dirección del Archivo Histórico de la Universidad.
f) La dirección de la política de protección de datos personales.
g) La dirección de la política de transparencia, el cumplimiento de la obligación de
publicidad activa, el mantenimiento del Portal de Transparencia y la garantía del
derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la UCM. Para ello,
contará con la colaboración y cooperación del resto del Consejo de Dirección, así
como de los Decanos y responsables de los Centros.
h) El impulso y coordinación de las normas y procedimientos en materia de digitalización en la Universidad Complutense de Madrid, en coordinación con el Vicerrectorado de Tecnología y Sostenibilidad.
i) La representación de la Universidad ante la jurisdicción en todo tipo de procesos,
así como el ejercicio de las acciones que procedan en este ámbito.
j) La coordinación de los procesos electorales en los que la administración electoral
corresponda a la Junta Electoral Central de la Universidad Complutense de
Madrid.
k) Cuantas otras competencias le delegue puntualmente el Rector en los asuntos que
considere pertinente.
Artículo 16
Además de las competencias que le atribuyen los Estatutos como propias, la Gerencia
ejercerá, por delegación, las siguientes competencias:
a) La presidencia de la Comisión de Seguimiento de la Relación de Puestos de
Trabajo del Consejo de Gobierno.
b) Cuantas funciones vengan atribuidas al Rector en materia de contratación
administrativa, sin más límites que los establecidos en la normativa aplicable a
la materia.
c) El control y la aprobación de los gastos, la autorización del correspondiente
compromiso y liquidación y la ordenación de los pagos, en concurrencia con el
Vicerrectorado de Economía.
d) El fomento de nuevas fuentes de financiación de la Universidad, en coordinación
con el Vicerrectorado de Economía.

BOCM-20230710-23

Gerencia