Las Rozas de Madrid (BOCM-20230707-50)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023

Pág. 263

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50

LAS ROZAS DE MADRID

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día veintitrés de junio de dos mil veintitrés, se adoptó el acuerdo de la Delegación de Competencia
de la Junta de Gobierno Local en los Concejales-Delegados, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“1.o Delegar las siguientes competencias:
Primero.—Delegar en D. Enrique González Gutiérrez, Segundo Teniente de Alcalde
y Concejal-Delegado de Hacienda y Fiestas:
— La aprobación, disposición, ordenación y pago de gastos correspondientes a contratos menores (fases ADOP), así como los correspondientes a la continuación de
contratos de servicios (fases ADOP).
— Señalar las directrices generales en materia de Hacienda Pública Municipal, y en
concreto la elaboración de los Presupuestos municipales y la rendición de la Cuenta General, así como la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales.
El desarrollo de la gestión económica con carácter general, y de forma específica:
1. Dictar instrucciones para dirigir lo actividad de los órganos y organismos que Integran el Área de Hacienda.
2. La coordinación y planificación económica de las inversiones municipales.
3. La capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias:
a) Aprobación de facturas, certificaciones de obra, intereses de demora y, en general, el reconocimiento de obligaciones dentro de los límites establecidos en
las Bases de Ejecución del Presupuesto.
b) Aprobación de cuentas justificativas de pagos de anticipos de “caja fija”.
c) Aprobación de expedientes de compensación de deudas.
d) La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones municipales tanto presupuestarias como extrapresupuestarias.
4. Aprobación de las modificaciones de crédito que no sean competencia del Pleno.
5. Devolver y cancelar las garantías, tanto avales como fianzas en metálico.
6. Reintegrar total o parcialmente las subvenciones recibidas.
7. Autorizar y disponer gastos previamente autorizados por el Pleno.
Segundo.—Delegar en D. José Luis San Higinio Gómez, Concejal-Delegado de Recursos Humanos la siguiente competencia:
— La gestión del personal y, de forma específica:
1.
Dictar instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos
que integran el Área de Recursos Humanos.
2.
Proponer al órgano municipal competente, la oferta de empleo público, la
convocatoria y las bases de selección, promoción y provisión de puestos de
trabajo.
3.
Proponer al órgano municipal competente la plantilla municipal, la relación
de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares, así como
sus modificaciones.
4.
Proponer la contratación, despido y extinción de los contratos del personal
laboral de la Corporación, la asignación del mismo a los distintos puestos
previstos en las correspondientes relaciones aprobadas por la Corporación,
de acuerdo con la legislación laboral, así como adoptar las decisiones que
correspondan en materia de Seguridad Social. Igualmente, proponer el nombramiento y cese del personal funcionario (de carrera e interino) y eventual
en los términos previstos en la Legislación vigente.

BOCM-20230707-50

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO