Getafe (BOCM-20230707-47)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 160

1. Formular o conformar las propuestas de las resoluciones que hayan de ser adoptadas por el/la concejal/a-delegado/a.
2. Llevar a cabo la negociación de los convenios que afecten a materias propias de
su ámbito bien sea con el Estado, Comunidades Autónomas o cualquier organismo público
o privado.
3. Formular las propuestas de suscripción de convenios.
4. La elaboración y suscripción de la memoria justificativa donde se analice la necesidad, oportunidad e impacto económico de los convenios regulada en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. La elaboración de los proyectos de disposiciones: Ordenanzas y Reglamentos así
como la modificación de los vigentes.
6. La planificación, dirección, supervisión y seguimiento de la contratación administrativa.
7. La elaboración, seguimiento, gestión, ejecución y control de su presupuesto: solicitudes de retenciones de crédito, seguimiento de las facturas en tiempo y forma, el inicio de la
tramitación de las modificaciones presupuestarias, anticipos de Caja Fija, pagos a justificar.
8. La Jefatura administrativa del personal adscrito y la suscripción de solicitudes dirigidas a la unidad administrativa de Personal: trabajos extraordinarios, productividad, comisiones de servicios, contratos por acumulación de tareas, sustituciones, etc.
9. Actuar como representante del Ayuntamiento ante la Administración General del
Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, y Administraciones Locales, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de cualquiera de
las administraciones anteriormente referidas, con especial mención a la Tesorería General
de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria para realizar trámites, consultas, solicitudes
de información, formulación de solicitudes de subvenciones, mediante firma electrónica de
persona jurídica.
10. La modernización e innovación de procesos, el impulso de la administración
electrónica y las propuestas de modelos tipos de impresos en coordinación con la unidad de
Administración Electrónica.
11. La evaluación de los servicios con elaboración anual de propuestas de mejora.
12. Coordinar la estrategia del desarrollo urbano de la ciudad y de los instrumentos
de planeamiento y ejecución del mismo.
V. Delegar en el titular del órgano coordinador general de Cultura las siguientes facultades bajo la superior dirección de la Concejalía-Delegada en materia de Cultura y en el
ámbito competencial de las siguientes unidades administrativas:
— Archivo Municipal.
— Cultura.
— Biblioteca central y bibliotecas de barrio.
— Escuela de Música “Maestro Gombau”.
1. Formular o conformar las propuestas de las resoluciones que hayan de ser adoptadas por el/la concejal/a-delegado/a.
2. Llevar a cabo la negociación de los convenios que afecten a materias propias de
su ámbito bien sea con el Estado, Comunidades Autónomas o cualquier organismo público
o privado.
3. Formular las propuestas de suscripción de convenios.
4. La elaboración y suscripción de la memoria justificativa donde se analice la necesidad, oportunidad e impacto económico de los convenios regulada en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. La elaboración de los proyectos de disposiciones: Ordenanzas y Reglamentos así
como la modificación de los vigentes.
6. La planificación, dirección, supervisión y seguimiento de la contratación administrativa.
7. La elaboración, seguimiento, gestión, ejecución y control de su presupuesto: solicitudes de retenciones de crédito, seguimiento de las facturas en tiempo y forma, el inicio de la
tramitación de las modificaciones presupuestarias, anticipos de Caja Fija, pagos a justificar.
8. La Jefatura administrativa del personal adscrito y la suscripción de solicitudes dirigidas a la unidad administrativa de Personal: trabajos extraordinarios, productividad, comisiones de servicios, contratos por acumulación de tareas, sustituciones, etc.
9. Actuar como representante del Ayuntamiento ante la Administración General del
Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, y Administraciones Locales, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de cualquiera de

BOCM-20230707-47

BOCM