C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (BOCM-20230707-6)
Extracto convocatoria subvenciones –  Resolución de 30 de junio de 2023, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Años 2021-2022-2023, y se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en dicha Resolución
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023

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aportará copia del Permiso de Circulación del vehículo objeto de la ayuda (primera matriculación), a nombre del concesionario que efectúa la venta del vehículo.
En los casos de vehículos seminuevos, de categoría M1, N1, L3e, L4e y L5e y con hasta doce meses de antigüedad, además del documento indicado en el primer párrafo de este
apartado, se aportará copia del Permiso de Circulación del vehículo objeto de la ayuda (primera matriculación), a nombre del fabricante (grupo CNAE 291) o empresa de renting o
empresa de rent a car (grupo CNAE 771) que realizó la primera matriculación. Asimismo,
se deberá aportar documento acreditativo del CNAE del fabricante o empresa de renting o
empresa de rent a car titular de la primera matriculación”.
Segundo
Ampliar el crédito presupuestario consignado en la convocatoria de concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III – Años 2021–2022–2023, conforme
a lo siguiente:
Uno. Ampliar la cuantía del crédito consignado en el artículo 4 de la Resolución de
la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021 por la que
se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III –
Años 2021–2022–2023- por un importe de 28.571.428,57 euros, quedando, por tanto, la dotación económica total fijada en 134.412.124,77 euros.
Dos. Asignar el importe de 19.575.169,20 euros al Programa de incentivos 1, quedando, por tanto, la dotación económica total fijada para este programa en 83.108.779,97
euros, y asignar el importe de 8.996.259,37 euros al Programa de incentivos 2, quedando,
por tanto, la dotación económica total fijada para este programa en 51.303.344,80 euros.
Tercero
La presente resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, esta resolución será objeto de difusión electrónica a través
de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
La presente resolución no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas en el
plazo fijado en la convocatoria.
Quinto

BOCM-20230707-6

La presente resolución producirá efectos desde el día 1 de junio de 2023.
Madrid, a 30 de junio de 2023.—El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de
la Comunidad de Madrid, José Antonio González Martínez.
(03/11.623/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791