Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230704-77)
Organización y funcionamiento. Nombramientos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 157

corresponde al Alcalde, por virtud de las disposiciones citadas en los apartados anteriores
y, más específicamente el artículo 30.1.h) del ROGA.
No habiendo previsión expresa alguna en cuanto a las formalidades para los nombramientos ni en la LRBRL, ni en el ROGA, es de aplicación supletoria lo previsto en los artículos 52.4 y 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), por lo que requerirá decreto de la Alcaldesa, del que se dará cuenta al Pleno,
notificación personal a los designados y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su efectividad, desde el día siguiente al de la firma de
la resolución, salvo que en ella se dispusiera otra cosa.
Sexto. Concejal-Secretario de la Junta de Gobierno Local.—El artículo 126 de la
LRBRL dispone en su apartado 4 que la Secretaría de la Junta de Gobierno Local corresponderá a uno de sus miembros, designado por el Alcalde, que redactará las actas de las sesiones
y certificará sobre sus acuerdos. En términos semejantes se pronuncia el artículo 44 del ROGA.
Como consecuencia de la toma de posesión de la nueva Corporación municipal procede el nombramiento de los miembros que formarán parte de la Junta de Gobierno Local. A
estos efectos se considera que debe componerla un número suficiente pero no especialmente numeroso de miembros del equipo de gobierno para asegurar la eficacia y transparencia
de su funcionamiento, teniendo en cuenta que con independencia de ellos podrá requerirse
la presencia de los que se considere oportuno en cada sesión.
A la vista de todo lo anteriormente expuesto he resuelto:
Primero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a:
D.a Míriam Picazo Alonso.
D.a Lucía Emilia Molares Pérez.
D. José Tortosa de la Iglesia.
D.a María Macarena Lora Gómez.
Los citados actuarán como órgano colegiado necesario, bajo la Presidencia de la Alcaldesa, con las competencias propias que le vienen dadas por el artículo 127 de la LRBRL
y 45 del ROGA, sin perjuicio de las competencias que le sean delegadas y cuantas otras le
fueren específicamente conferidas por la legislación del Estado, de la Comunidad de
Madrid o por el ordenamiento jurídico como propias.
Segundo.—Nombrar como Concejal-Secretaria de la Junta de Gobierno Local a
D.a Lucía Emilia Molares Pérez que, con carácter general, realizará las funciones que normativamente le corresponden y, en especial:
1. Coordinación y dirección del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
2. Coordinación e impulso de la política general de la Junta de Gobierno tanto en el
ámbito interno del Ayuntamiento como en las relaciones de éste con otras Administraciones, bajo la supervisión de la Alcaldesa.
3. Realizar, con la asistencia del Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y al concejal secretario, los actos de trámite necesarios para la preparación de las
convocatorias de la Comisión General de Coordinación y la Junta de Gobierno Local, la redacción de las actas de sus sesiones, la certificación de cada uno de los acuerdos de las mismas y la notificación, comunicación y publicación, en su caso, de dichos acuerdos.
Tercero.—En los casos de ausencia, enfermedad, o vacante será sustituida por D.a Míriam Picazo Alonso, D. José Tortosa de la Iglesia y D.a María Macarena Lora Gómez, por
este orden.
Cuarto.—Los nombramientos surtirán efecto desde el mismo día de la fecha de este Decreto, debiendo notificarse a los interesados y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Pozuelo de Alarcón, a 21 de junio de 2023.—El titular del Órgano de Apoyo a la
JGL.
(03/11.143/23)

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