Alpedrete (BOCM-20230704-56)
Organización y funcionamiento. Nombramientos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 157

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023

Pág. 267

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por decreto de Alcaldía 956/2023, de 23 de junio, se ha resuelto lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y disposiciones concordantes del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de los Entes Locales
(ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Junta de Gobierno
Local es un órgano de existencia obligatoria en todos los municipios con más de 5.000 habitantes, como es el caso de Alpedrete, y al que le corresponde la asistencia al alcalde en el
ejercicio de sus atribuciones, así como el ejercicio de las competencias que aquel u otro órgano le delegue o le atribuyan las leyes.
La Junta de Gobierno se integra por el alcalde y un número de concejales no superior
al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquel, dando cuenta al Pleno.
De entre los integrantes de la Junta de Gobierno Local, el alcalde nombrará a los tenientes de alcalde para que puedan sustituirle en la totalidad de sus funciones, y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del
alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35, 38, 46 y 47 del ROF.
De las resoluciones dictadas por la Alcaldía en materia de nombramiento de tenientes
de alcalde, de los miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de las delegaciones que
aquel órgano estime oportuno conferir, habrá que dar cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva.
Habiéndose constituido la nueva Corporación Local surgida tras las elecciones locales
celebradas el pasado 28 de mayo en sesión plenaria de 17 de junio de 2023, se hace necesario, para garantizar un adecuado funcionamiento de esta Administración Municipal, dictar decreto determinando la composición de la Junta de Gobierno Local, delegando atribuciones de esta Alcaldía en dicho órgano y nombrando a los tenientes de alcalde. No
obstante, dado que el día 21 de junio ha renunciado el concejal D. Manuel Gallardo Pozo,
miembro de uno de los grupos políticos que iba a formar parte del equipo de gobierno municipal, esta resolución se modificará en cuanto tome posesión el siguiente candidato o candidata de su lista electoral.
Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 23 de la LBRL,
35, 38, 46 y 47 del ROF, resuelvo:
Primero.—Designar a los concejales que, conmigo como presidente, compondrán la
Junta de Gobierno Local:
1. Dña. Amaya Acosta Barrera.
2. Dña. M.a Rosario Peñalver Benito.
3. Dña. Aurora Gil Guerra.
4. D. José Francisco Iglesias Martín.
En caso de ausencia de esta Alcaldía, le sustituye en las funciones de presidente de la
Junta de Gobierno Local los vocales en el mismo orden en que se relacionan.
Segundo.—Nombrar tenientes de alcalde a los concejales miembros de la Junta de Gobierno Local y por el orden que a continuación se relaciona:
— Primera teniente de alcalde: Dña. Amaya Acosta Barrera.
— Segunda teniente de alcalde: Dña. M.a Rosario Peñalver Benito.
— Tercera teniente de alcalde: Dña. Aurora Gil Guerra.
— Cuarto teniente de alcalde: D. José Francisco Iglesias Martín.

BOCM-20230704-56

Decreto 956/2023