Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230704-52)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 157
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023
Pág. 251
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
52
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, S. L., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Tagus 2 de 250 MW de potencia pico y 197 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ocaña y Ontígola en la provincia de
Toledo, y Arganda del Rey, Morata de Tajuña, Chinchón, Villaconejos y Colmenar de Oreja en la provincia de Madrid.
Khons Sun Power, S. L. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 4 de diciembre
de 2020, subsanada con fecha 5 de enero de 2021, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental y con fecha 20 de julio de 2021, autorización administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Tagus 2, de 250 MW de potencia pico y
de 197 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica elevadora Tagus, situada en el
término municipal de Ontígola en la provincia de Toledo (SE Colectora) diseñada para la
evacuación conjunta de las plantas Tagus 1 y Tagus 2, y una línea aéreo-subterránea de alta
tensión de 220 kV desde la SE Colectora a la Subestación Arganda 220KV propiedad de
Red Eléctrica de España, S. A. U. (LAT 220 KV SE PSFVS Tagus 1 y 2 -SE Arganda).
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 8 de enero de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Tagus 1 y Tagus 2, así como
sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Toledo y Madrid.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y consultas a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas
en la Comunidad de Madrid y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la
parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a un primer trámite de información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de septiembre de 2021
en el “Boletín Oficial del Estado”, y el 3 de septiembre de 2021 en el “Boletín Oficial de la
Provincia de Toledo”, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, habiéndose recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran las de los promotores de instalaciones
de generación eléctrica PFV Recova Solar (PFot-259 AC), PFV Mauricio Solar (PFot-262
AC), y PFV Carolina Solar (PFOT-583), debido a conflictos que consisten en solapamientos y afecciones tanto de la planta como de la línea proyectados en el presente expediente
con los proyectos desarrollados por los promotores previamente mencionados, entre otras
cuestiones. Se dio traslado al promotor, que responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección General de Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de la
Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Castilla-La Mancha, de la Demarcación de Carreteras del Estado de Castilla-La Mancha del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Enagás Transporte, S. A. U., de
Jazztel, de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, de Orange, de
Telefónica de España, S. A. U., de UFD Distribución Electricidad, S. A., de la Diputación
Provincial de Toledo, de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la
Viceconsejería de Transportes e Infraestructuras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
BOCM-20230704-52
Dirección General de Política Energética y Minas
B.O.C.M. Núm. 157
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023
Pág. 251
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
52
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, S. L., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Tagus 2 de 250 MW de potencia pico y 197 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ocaña y Ontígola en la provincia de
Toledo, y Arganda del Rey, Morata de Tajuña, Chinchón, Villaconejos y Colmenar de Oreja en la provincia de Madrid.
Khons Sun Power, S. L. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 4 de diciembre
de 2020, subsanada con fecha 5 de enero de 2021, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental y con fecha 20 de julio de 2021, autorización administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Tagus 2, de 250 MW de potencia pico y
de 197 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica elevadora Tagus, situada en el
término municipal de Ontígola en la provincia de Toledo (SE Colectora) diseñada para la
evacuación conjunta de las plantas Tagus 1 y Tagus 2, y una línea aéreo-subterránea de alta
tensión de 220 kV desde la SE Colectora a la Subestación Arganda 220KV propiedad de
Red Eléctrica de España, S. A. U. (LAT 220 KV SE PSFVS Tagus 1 y 2 -SE Arganda).
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 8 de enero de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Tagus 1 y Tagus 2, así como
sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Toledo y Madrid.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y consultas a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas
en la Comunidad de Madrid y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la
parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a un primer trámite de información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de septiembre de 2021
en el “Boletín Oficial del Estado”, y el 3 de septiembre de 2021 en el “Boletín Oficial de la
Provincia de Toledo”, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, habiéndose recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran las de los promotores de instalaciones
de generación eléctrica PFV Recova Solar (PFot-259 AC), PFV Mauricio Solar (PFot-262
AC), y PFV Carolina Solar (PFOT-583), debido a conflictos que consisten en solapamientos y afecciones tanto de la planta como de la línea proyectados en el presente expediente
con los proyectos desarrollados por los promotores previamente mencionados, entre otras
cuestiones. Se dio traslado al promotor, que responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección General de Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de la
Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Castilla-La Mancha, de la Demarcación de Carreteras del Estado de Castilla-La Mancha del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Enagás Transporte, S. A. U., de
Jazztel, de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, de Orange, de
Telefónica de España, S. A. U., de UFD Distribución Electricidad, S. A., de la Diputación
Provincial de Toledo, de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la
Viceconsejería de Transportes e Infraestructuras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
BOCM-20230704-52
Dirección General de Política Energética y Minas