B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230704-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1695/2023, de 20 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM

MARTES 4 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 157

7.3. En los ejercicios teóricos se valorarán la amplitud y comprensión de los conocimientos del aspirante, su precisión jurídica, vigencia y actualización, así como la claridad
de su exposición y la capacidad de expresión oral.
En los ejercicios prácticos se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos teóricos adquiridos a las situaciones prácticas planteadas en los mismos, así como la amplitud
de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática, la claridad y el orden de ideas en
la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de dichos ejercicios, así como
su forma de presentación y exposición.
7.4. Cuando el Tribunal, por decisión unánime de sus miembros, apreciara en cualquier momento de la exposición de los temas de los ejercicios teóricos una manifiesta deficiencia de contenido que hubiera de impedir su superación, invitará al opositor a retirarse,
con indicación del motivo, y dará por concluido para aquel el desarrollo de las pruebas, dejando sucinta referencia de ello en el acta de la sesión correspondiente.
7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “M”, de conformidad con la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, de 22 de marzo).
7.6. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del mes de enero de 2024, determinándose la fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio en la Resolución por la
que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso
selectivo.
7.7 Por parte del tribunal calificador se garantizará en los llamamientos realizados, tanto para la lectura posterior de exámenes realizados por las personas participantes, como
para las pruebas orales que componen la fase de oposición de esta convocatoria, que, en
cada llamamiento, se incluya un número mínimo de cuatro opositores por sesión, atendiendo a los criterios contenidos en el artículo 63.1 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
A efectos de calcular, en cada caso, el número de personas aspirantes por llamamiento a partir del mínimo recogido en el párrafo anterior, se tomará como referencia la celebración de sesiones con una duración igual o superior a cuatro horas.
Asimismo, en razón de las características y la duración de cada una de las lecturas y
pruebas orales, la dirección general competente en materia de Función Pública podrá modificar el citado número, bien a iniciativa propia, bien a propuesta del órgano de selección.
Los llamamientos deberán hacerse en días hábiles consecutivos, sin que pueda existir
interrupciones superiores a un día hábil por cada nueve de llamamientos, y ello sin perjuicio de las interrupciones en el desarrollo del proceso por ocasión de vacaciones durante los
días que median entre el 23 de diciembre y el 7 de enero de cada año, ambos inclusive y durante el mes de agosto.
En cada uno de los llamamientos se incluirá un número de suplentes equivalente, al
menos, al 20 por 100 de las personas convocadas.
El órgano de selección, a fin de asegurar el cumplimiento de lo anterior y cualquiera
que sea la forma efectiva en que tengan lugar las convocatorias concretas, conforme a lo
dispuesto en el artículo 63.1, letras a) y b) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, efectuará una calendarización indicativa de estos llamamientos, a la que dará publicidad con anterioridad a su inicio y adoptará las medidas internas que sean precisas para garantizar el quórum en todas las sesiones programadas, a cuyos efectos podrán actuar de manera
concurrente miembros titulares y suplentes, en los términos establecidos en el artículo 10.2
de la citada Orden.
7.8. El tribunal calificador, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de
la fase de oposición de este proceso selectivo, publicará en el enlace de la página web de la
Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madrid

o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos.
7.9. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios,
así como la de la lista de aprobados de los ejercicios integrantes de la oposición, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web:
www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madrid

o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https:
sede.comunidad.madrid

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