Loeches (BOCM-20230630-93)
Organización y funcionamiento. Ordenanza expedición documentos administrativos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 154

trativo Común, que no vengan debidamente reintegrados, serán admitidos provisionalmente, pero no se les dará curso sin que se subsane la deficiencia, a cuyo fin se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles ingrese la cuota o cuotas correspondientes, con el apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin efectuar el ingreso se tendrán
los escritos por no presentados y será archivada la solicitud sin más trámite.
3. Las certificaciones o documentos que expida la Administración municipal, en virtud de oficio de Juzgados o Tribunales para toda clase de pleitos, no se entregarán ni remitirán sin que previamente se haya satisfecho la correspondiente cuota tributaria.
Artículo 11. Infracciones y sanciones.—En todo lo relativo a infracciones tributarias
y sus distintas calificaciones, así como a las sanciones que a las mismas correspondan en
cada caso, se aplicará lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y demás normas de desarrollo y aplicación.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20230630-93

La presente Ordenanza Fiscal cuya modificación ha sido aprobada por el Pleno de la
Corporación en sesión celebrada el día 20 de abril de 2023, entrará en vigor el mismo día
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Loeches, a 19 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Antonio Theodori Andrés.
(03/10.869/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791