B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230630-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1505/2023, de 6 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023

Pág. 39

Duodécima
Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión
1. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo
establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A,
Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión de acuerdo con lo previsto en
la base decimosexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que
se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.
Decimotercera
Lista de espera para personal funcionario interino
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de
abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo
reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la
base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y
aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos
Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid,
integrada con aquellas personas aspirantes que hayan realizado, al menos, el primer ejercicio del proceso selectivo, pero no hayan superado el proceso selectivo en su totalidad, salvo
que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.
2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios
que seguidamente se indican:
— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de
mayor a menor.
— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor.
En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:
— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre
estas personas, se dirimirá conforme al siguiente criterio.
— Mayor calificación obtenida en el segundo, tercer y primer ejercicio del proceso selectivo, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a
continuación.
— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.7 de esta convocatoria.
Decimocuarta
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.

BOCM-20230630-3

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