D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230630-76)
Convenio –  Convenio de 9 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Provincia Eclesiástica de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha entidad por importe de 2.035.000 euros, para la realización de actividades de conservación y restauración del patrimonio histórico-artístico de la iglesia católica durante el ejercicio 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 154

to del presente convenio, deberán tenerse en cuenta los criterios de sostenibilidad;
para lo cual se tendrá como referencia lo establecido en la “guía de criterios de
sostenibilidad en la conservación y restauración del patrimonio cultural inmueble” publicado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en 2022. De cada
una de las actuaciones y a la finalización de las obras, se presentará un anexo de
aplicación en cuanto a los criterios de sostenibilidad contemplados.
— Hacer figurar expresamente la colaboración de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte en la ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo, en todas las
publicaciones, anuncios, programas e inserciones en medios de comunicación que
den cuenta de su ejecución, a cuyo efecto utilizará el logotipo de la Consejería, de
conformidad con su imagen institucional.
— Cumplir las obligaciones generales a que se refiere el artículo 8 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de la
acreditación previa al cobro de la subvención del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, en virtud de lo establecido en el artículo 3.1.e) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, del Consejero de Hacienda,
al estar exonerada por tratarse de una institución religiosa sin ánimo de lucro.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se compromete a:
— Realizar el pago de la subvención de 2.035.000 euros, de conformidad con lo establecido en la cláusula tercera de este convenio.
— Dar publicidad del otorgamiento de esta ayuda en los términos del artículo 8.1.c)
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y
buen gobierno.
Quinta
Vigencia
El presente Convenio tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023.
Sexta
Se constituirá una comisión de seguimiento y coordinación, que tendrá las siguientes
funciones:
— Realizar un seguimiento de las actuaciones que se lleven a cabo con cargo al Convenio, tanto en lo referente a la adecuación de las obras como a su evolución, para
garantizar que se finalicen en el plazo de vigencia. Con este fin, se celebrará una
reunión con una periodicidad, al menos, mensual.
— Resolver las discrepancias técnicas que surjan durante la ejecución del Convenio.
La comisión de seguimiento y coordinación, cuyo control en todo caso reside en la Comunidad de Madrid, estará integrada por las siguientes personas, si bien podrán designar
suplentes cuando no sea posible su asistencia a alguna de las reuniones que se celebren:
— Por parte de la Dirección General de Patrimonio Cultural:
d Titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural.
d Titular de la Subdirección General de Patrimonio Histórico.
d Jefe del Área de Conservación y Restauración.
— Por parte de la Provincia Eclesiástica:
d Delegado Episcopal de la Provincia Eclesiástica para el Patrimonio Histórico.
d Director del Departamento de Obras Diocesanas e Inventario de la Archidiócesis de Madrid.
d Director del Departamento de Proyectos y Obras de la Diócesis de Getafe.
No obstante, dado que este Convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, las facultades de control, interpretación y vigilancia del cumplimiento de las condiciones de este
Convenio son competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20230630-76

Comisión de seguimiento