D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20230630-43)
Convenio – Convenio de 2 de junio de 2023, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la Tarjeta Azul
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 154
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023
Pág. 209
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
43
CONVENIO de 2 de junio de 2023, entre el Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la
Tarjeta Azul.
En Madrid, a 2 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, representado por D. David Pérez García, Presidente del Organismo, designado por Acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2021), actuando para la firma
de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4.4 y 6.2 de
la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984,
de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, el Ayuntamiento de Madrid, representado por D.a Begoña Villacís
Sánchez, titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, que actúa en virtud de las competencias que le atribuye el Decreto del Alcalde de Madrid de nombramiento de miembros de
la Junta de Gobierno de 15 de junio de 2019 y el apartado 3.1.8 del Acuerdo de 27 de junio
de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
EXPONEN
Primero
El Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, en virtud de lo
establecido en la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación de este Organismo, tiene entre sus
competencias y funciones la de elaborar y aprobar un marco tarifario común del transporte
público regular de viajeros en el ámbito de la Comunidad de Madrid, además de la coordinación mediante acuerdo con cuantos organismos desarrollen programas de actuación que
incidan directamente en el transporte [artículo 2.2.c) y m)].
En el ejercicio de sus competencias relativas a la gestión del marco tarifario del sistema de transportes de la Comunidad de Madrid, creó un nuevo título de transportes de carácter personal en la sesión del Consejo de Administración celebrada el 12 de diciembre
de 2008. Dicho título, denominado Tarjeta Azul, actualmente con el formato de una Tarjeta Transporte Público sin contacto, es de utilización ilimitada en los servicios de la
Empresa Municipal de Transportes, Metro de Madrid (zona A) y Metros Ligeros de Madrid
(línea ML-1) para la ciudadanía empadronada en la ciudad de Madrid, que cumpla además
determinados requisitos de renta. Dicho título va dirigido fundamentalmente a personas con
discapacidad y/o dependencia, y con un límite de renta determinado y, complementariamente, a mayores de 65 y sus cónyuges menores de 65.
El Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la
Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, para la gestión de sus
intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad vecinal.
Con este objetivo se creó Línea Madrid como un servicio integrador de la atención a
la ciudadanía del Ayuntamiento de Madrid, que se presta a través de diferentes canales: el
BOCM-20230630-43
Competencias materiales
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 154
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023
Pág. 209
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
43
CONVENIO de 2 de junio de 2023, entre el Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la
Tarjeta Azul.
En Madrid, a 2 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, representado por D. David Pérez García, Presidente del Organismo, designado por Acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2021), actuando para la firma
de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4.4 y 6.2 de
la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984,
de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, el Ayuntamiento de Madrid, representado por D.a Begoña Villacís
Sánchez, titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, que actúa en virtud de las competencias que le atribuye el Decreto del Alcalde de Madrid de nombramiento de miembros de
la Junta de Gobierno de 15 de junio de 2019 y el apartado 3.1.8 del Acuerdo de 27 de junio
de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
EXPONEN
Primero
El Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, en virtud de lo
establecido en la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación de este Organismo, tiene entre sus
competencias y funciones la de elaborar y aprobar un marco tarifario común del transporte
público regular de viajeros en el ámbito de la Comunidad de Madrid, además de la coordinación mediante acuerdo con cuantos organismos desarrollen programas de actuación que
incidan directamente en el transporte [artículo 2.2.c) y m)].
En el ejercicio de sus competencias relativas a la gestión del marco tarifario del sistema de transportes de la Comunidad de Madrid, creó un nuevo título de transportes de carácter personal en la sesión del Consejo de Administración celebrada el 12 de diciembre
de 2008. Dicho título, denominado Tarjeta Azul, actualmente con el formato de una Tarjeta Transporte Público sin contacto, es de utilización ilimitada en los servicios de la
Empresa Municipal de Transportes, Metro de Madrid (zona A) y Metros Ligeros de Madrid
(línea ML-1) para la ciudadanía empadronada en la ciudad de Madrid, que cumpla además
determinados requisitos de renta. Dicho título va dirigido fundamentalmente a personas con
discapacidad y/o dependencia, y con un límite de renta determinado y, complementariamente, a mayores de 65 y sus cónyuges menores de 65.
El Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la
Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, para la gestión de sus
intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad vecinal.
Con este objetivo se creó Línea Madrid como un servicio integrador de la atención a
la ciudadanía del Ayuntamiento de Madrid, que se presta a través de diferentes canales: el
BOCM-20230630-43
Competencias materiales