D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230628-18)
Convenio – Publicación del convenio-subvención de 13 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para la formación en competencias digitales para el emprendimiento, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
8.
9.
B.O.C.M. Núm. 152
Elementos de seguridad.
Recursos de ayuda.
Las personas con discapacidad intelectual que realicen la formación tendrán las competencias necesarias para asumir cada uno de los niveles básico, intermedio o avanzado.
Para asegurar este aspecto la entidad realizará entrevistas a las personas para comprobar el
nivel de formación adecuado.
A su vez, cada uno de los cursos, se impartirá de forma diferenciada e independiente,
según sus participantes sean mujeres con discapacidad intelectual y/o del desarrollo o mujeres de su núcleo familiar directo sin discapacidad intelectual.
La formación se impartirá en centros formativos y/o espacios habilitados para tal fin. Dependiendo de los municipios de residencia de las participantes, se podrán realizar en las entidades de referencia, en las sedes de entidades que colaboran con las mismas, así como espacios habilitados por los ayuntamientos de las localidades. Se contempla la posibilidad de
agrupar en torno a un núcleo rural la participación de mujeres de municipios cercanos.
Deberá entregarse a cada participante que ha superado la formación con evaluación
positiva un diploma acreditativo, en el que como mínimo se hará constar la denominación
de la acción formativa, los objetivos y resultados de aprendizaje, la modalidad de impartición, duración y período de impartición de la acción. Asimismo, a los participantes que hayan finalizado la acción formativa sin evaluación positiva se les entregará un certificado de
asistencia.
Tercera
Ejecución actuaciones
Cada módulo formativo tendrá una duración de 40 horas, y se impartirá en modalidad
presencial en su totalidad, haciendo uso de las salas o aulas formativas de distintos municipios de la Comunidad de Madrid, habilitados por entidades locales públicas o privadas colaboradoras del programa.
Plena Inclusión Madrid deberá adoptar por sí mismas todas las medidas que sean necesarias para proteger a los participantes frente a cualquier riesgo derivado de la realización
de las acciones formativas desde su inicio hasta su finalización. Dichas medidas deberán
cubrir el período de formación teórico-práctico, así como los desplazamientos de dichos
participantes a otras empresas o establecimientos que se organicen en apoyo al desarrollo
de las acciones formativas.
Cuarta
Subcontratación
Plena inclusión Madrid podrá subcontratar la actividad hasta un porcentaje que no exceda del 50 por 100 del importe de la actividad subvencionada. En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten
valor añadido al contenido de la misma.
Cuando el importe de la actuación concertada con terceros exceda del 20 por 100 del
importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación
estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y
eludir el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado anterior.
Los contratistas quedarán obligados sólo ante Plena Inclusión Madrid, que asumirá la total
responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la Administración.
En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las
actividades subvencionadas con:
a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización
de la actividad objeto de contratación.
BOCM-20230628-18
a) Que el contrato se celebre por escrito.
b) Que la celebración del mismo sea previamente autorizada por escrito por la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento.
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
8.
9.
B.O.C.M. Núm. 152
Elementos de seguridad.
Recursos de ayuda.
Las personas con discapacidad intelectual que realicen la formación tendrán las competencias necesarias para asumir cada uno de los niveles básico, intermedio o avanzado.
Para asegurar este aspecto la entidad realizará entrevistas a las personas para comprobar el
nivel de formación adecuado.
A su vez, cada uno de los cursos, se impartirá de forma diferenciada e independiente,
según sus participantes sean mujeres con discapacidad intelectual y/o del desarrollo o mujeres de su núcleo familiar directo sin discapacidad intelectual.
La formación se impartirá en centros formativos y/o espacios habilitados para tal fin. Dependiendo de los municipios de residencia de las participantes, se podrán realizar en las entidades de referencia, en las sedes de entidades que colaboran con las mismas, así como espacios habilitados por los ayuntamientos de las localidades. Se contempla la posibilidad de
agrupar en torno a un núcleo rural la participación de mujeres de municipios cercanos.
Deberá entregarse a cada participante que ha superado la formación con evaluación
positiva un diploma acreditativo, en el que como mínimo se hará constar la denominación
de la acción formativa, los objetivos y resultados de aprendizaje, la modalidad de impartición, duración y período de impartición de la acción. Asimismo, a los participantes que hayan finalizado la acción formativa sin evaluación positiva se les entregará un certificado de
asistencia.
Tercera
Ejecución actuaciones
Cada módulo formativo tendrá una duración de 40 horas, y se impartirá en modalidad
presencial en su totalidad, haciendo uso de las salas o aulas formativas de distintos municipios de la Comunidad de Madrid, habilitados por entidades locales públicas o privadas colaboradoras del programa.
Plena Inclusión Madrid deberá adoptar por sí mismas todas las medidas que sean necesarias para proteger a los participantes frente a cualquier riesgo derivado de la realización
de las acciones formativas desde su inicio hasta su finalización. Dichas medidas deberán
cubrir el período de formación teórico-práctico, así como los desplazamientos de dichos
participantes a otras empresas o establecimientos que se organicen en apoyo al desarrollo
de las acciones formativas.
Cuarta
Subcontratación
Plena inclusión Madrid podrá subcontratar la actividad hasta un porcentaje que no exceda del 50 por 100 del importe de la actividad subvencionada. En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten
valor añadido al contenido de la misma.
Cuando el importe de la actuación concertada con terceros exceda del 20 por 100 del
importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación
estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y
eludir el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado anterior.
Los contratistas quedarán obligados sólo ante Plena Inclusión Madrid, que asumirá la total
responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la Administración.
En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las
actividades subvencionadas con:
a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización
de la actividad objeto de contratación.
BOCM-20230628-18
a) Que el contrato se celebre por escrito.
b) Que la celebración del mismo sea previamente autorizada por escrito por la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento.