C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230628-6)
Autorización implantación enseñanzas – Orden 2193/2023, de 19 de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se autoriza la implantación de proyectos de autonomía de centro para las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, a partir del curso académico 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
6
ORDEN 2193/2023, de 19 de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación
y Universidades, por la que se autoriza la implantación de proyectos de autonomía de centro para las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, a
partir del curso académico 2023-2024.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el capítulo II de su título V,
desarrolla diversos aspectos relacionados con la autonomía de los centros, y en su artículo 120
recoge expresamente que los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo y formas de organización o ampliación del calendario
escolar o del horario lectivo de áreas o materias, en los términos que establezcan las Administraciones educativas, dentro de las posibilidades que permita la normativa aplicable, sin
que, en ningún caso, se imponga aportaciones a las familias ni exigencias para las Administraciones educativas.
La Comunidad de Madrid ha publicado el Decreto 17/2023, de 15 de marzo, del Consejo
de Gobierno, por el que se regulan la ordenación y la organización general de las enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño en la Comunidad de Madrid. El artículo 13 de este decreto determina que los centros docentes que impartan enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño podrán desarrollar un proyecto de autonomía de centro en los ciclos formativos
que tengan debidamente autorizados, que, en todos los casos, deberá respetar las enseñanzas
mínimas de los reales decretos por lo que se establecen los correspondientes títulos. Asimismo, el citado artículo dicta que las condiciones y el procedimiento para la implantación de estos proyectos las establecerá el titular de la consejería competente en materia de Educación.
No obstante, hasta que se desarrolle reglamentariamente el Decreto 17/2023, de 15 de
marzo, y sin perjuicio de su contenido, se aplicará la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el
procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en
el ámbito de la Comunidad de Madrid. La citada orden establece en su artículo 8.6 que la
autorización del proyecto propio de un centro, que pasa a denominarse proyecto de autonomía de centro una vez aprobado el Decreto 17/2023, de 15 de marzo, se realizará mediante
orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, que actualmente se corresponde
con la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, que ostenta las competencias en materia de educación.
Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que le atribuye a la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid, en relación con
el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, así como las competencias atribuidas
en la disposición final segunda del Decreto 17/2023, de 15 de marzo,
DISPONGO
Primero
El objeto de esta orden es autorizar, a partir del año académico 2023-2024, la implantación de proyectos de autonomía de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas
y Diseño en la Escuela de Arte “La Palma”, con código de centro 28021355, y en el centro
autorizado de Artes Plásticas y Diseño “IED Madrid Enseñanzas Profesionales Artísticas”,
con código de centro 28076496.
BOCM-20230628-6
Objeto
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
6
ORDEN 2193/2023, de 19 de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación
y Universidades, por la que se autoriza la implantación de proyectos de autonomía de centro para las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, a
partir del curso académico 2023-2024.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el capítulo II de su título V,
desarrolla diversos aspectos relacionados con la autonomía de los centros, y en su artículo 120
recoge expresamente que los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo y formas de organización o ampliación del calendario
escolar o del horario lectivo de áreas o materias, en los términos que establezcan las Administraciones educativas, dentro de las posibilidades que permita la normativa aplicable, sin
que, en ningún caso, se imponga aportaciones a las familias ni exigencias para las Administraciones educativas.
La Comunidad de Madrid ha publicado el Decreto 17/2023, de 15 de marzo, del Consejo
de Gobierno, por el que se regulan la ordenación y la organización general de las enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño en la Comunidad de Madrid. El artículo 13 de este decreto determina que los centros docentes que impartan enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño podrán desarrollar un proyecto de autonomía de centro en los ciclos formativos
que tengan debidamente autorizados, que, en todos los casos, deberá respetar las enseñanzas
mínimas de los reales decretos por lo que se establecen los correspondientes títulos. Asimismo, el citado artículo dicta que las condiciones y el procedimiento para la implantación de estos proyectos las establecerá el titular de la consejería competente en materia de Educación.
No obstante, hasta que se desarrolle reglamentariamente el Decreto 17/2023, de 15 de
marzo, y sin perjuicio de su contenido, se aplicará la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el
procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en
el ámbito de la Comunidad de Madrid. La citada orden establece en su artículo 8.6 que la
autorización del proyecto propio de un centro, que pasa a denominarse proyecto de autonomía de centro una vez aprobado el Decreto 17/2023, de 15 de marzo, se realizará mediante
orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, que actualmente se corresponde
con la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, que ostenta las competencias en materia de educación.
Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que le atribuye a la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid, en relación con
el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, así como las competencias atribuidas
en la disposición final segunda del Decreto 17/2023, de 15 de marzo,
DISPONGO
Primero
El objeto de esta orden es autorizar, a partir del año académico 2023-2024, la implantación de proyectos de autonomía de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas
y Diseño en la Escuela de Arte “La Palma”, con código de centro 28021355, y en el centro
autorizado de Artes Plásticas y Diseño “IED Madrid Enseñanzas Profesionales Artísticas”,
con código de centro 28076496.
BOCM-20230628-6
Objeto