Móstoles (BOCM-20230627-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

La nota final vendrá determinada a través de la media aritmética correspondiente
al conjunto de las pruebas, con decimales hasta la centena en cada una de las pruebas, con aproximación del tercer decimal.
La puntuación máxima que podrá alcanzar en las pruebas físicas es de 10 puntos,
conforme a las letras anteriores de cada prueba: [(A + B + C + D + E) × 10] / 50.
El Tribunal podrá variar el orden de las diferentes pruebas por cuestiones organizativas, así como, organizar grupos o tandas en el mismo llamamiento, siendo
siempre necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas para poder continuar el proceso.
Estas pruebas se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el anexo I.
Con carácter previo a la realización de las pruebas físicas que figuren especificadas en la correspondiente convocatoria, deberá acreditarse la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio en el que se haga constar expresamente que el
aspirante reúne las condiciones, tanto físicas como sanitarias, necesarias y suficientes para la realización de las mismas.
Este certificado deberá estar emitido durante el procedimiento, deberá ser presentado el día de la realización de las pruebas físicas señaladas en el párrafo anterior
y no excluirá la prueba de reconocimiento médico. La ausencia de su presentación
impedirá al aspirante la realización de la prueba, y el Tribunal acordará su exclusión del proceso.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control antidopaje
al número de aspirantes que, previo acuerdo, determine el Tribunal. De obtenerse
en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como
máximas admisibles por los órganos con competencia en la materia, el aspirante
será eliminado de las pruebas por el Tribunal.
La participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización expresa
para la realización de estos análisis. Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal, previa audiencia de la misma,
acordará su exclusión del proceso.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase
todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en
la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que
motivaron el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses
de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con
certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros
seis meses.
Las mujeres embarazadas que prevean que, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días
del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los
exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal, uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el Tribunal determinará con base en la información de que disponga, si procede o no
realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o
bien ambas medidas conjuntamente.
d) Reconocimiento médico, en el que se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para garantizar la
idoneidad de los aspirantes para la función policial a desarrollar y comprobar que
los aspirantes no están incursos en el cuadro médico de exclusiones que figura en
el anexo II. El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
A fin de poder realizar la prueba de reconocimiento médico, será necesario cumplimentar el anexo IV de autorización para someterse a las pruebas médicas que
sean necesarias
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y médicas, se
requerirán los servicios de personal especializado, pudiendo igualmente ser solicitado para la prueba de idioma.
Para superar la fase de oposición será necesario ser “apto” en las pruebas a) y d) y
obtener una nota mínima de 5 en todas los ejercicios o partes que comprenden la
pruebas b) y c) de esta base.

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BOCM-20230627-62

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