Móstoles (BOCM-20230627-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 151

3.6. El Tribunal resolverá todas las dudas que surjan sobre la aplicación de las normas
contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos.
3.7. El Tribunal tendrá la facultad de poder excluir del procedimiento selectivo a
aquellos aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
3.8. El Tribunal continuará constituido hasta que no se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
3.9. Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, aunque esta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los supuestos y en la forma establecida
en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.10. Clasificación del Tribunal Calificador: el Tribunal Calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el capítulo V, artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
3.11. Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que
ésta, si acaso, pueda proceder a su revisión según los artículos 106, 107 y siguientes de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre.
3.12. Serán de aplicación las normas básicas sobre órganos colegiados establecidas
en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y con carácter supletorio lo establecido para los órganos colegiados de la Administración General del Estado en los artículos 19 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Base cuarta. Requisitos de los/las aspirantes
4.1. Requisitos generales. Para tomar parte en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el artículo 27
del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de
Madrid.
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente expedidos con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite la homologación.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales
previsto en dicha ley orgánica.
4.2. Plazo. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado
anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
La acreditación de los mismos deberá efectuase con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas, salvo el permiso de conducir de la clase B, que
podrá ser obtenido y acreditado con anterioridad a la finalización del correspondiente curso selectivo de formación.

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