Móstoles (BOCM-20230627-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

2. Titulaciones oficiales: títulos expedidos u homologados por el ministerio competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos universitarios y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada título.
3. Conocimiento de idiomas extranjeros: títulos oficiales que acrediten estar en posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo de Referencia.
4. Cursos de interés policial: diplomas, títulos o certificados expedidos por los organismos a los que se refiere el apartado 9.2.d).
Consideraciones comunes:
— No se valorará más de una edición correspondiente a un mismo curso, el aspirante
deberá elegir qué curso acreditará y alegará para su valoración por el Tribunal en
la solicitud de baremación y alegación de méritos, en caso contrario se tomará en
consideración el más actual.
— En relación a los cursos de ofimática: si el curso está relacionado o denominado
como “ofimática” no se computarán adicionalmente los realizados en Word, Excel, Access, o cualquiera de los incluidos en el paquete ofimática. Si, se considerarán individualmente, cuando no se presentará el diploma “colectivo” (es decir si
el aspirante no presentara un diploma de realización de un curso de ofimática). El
aspirante optará por entregar uno u otro, en caso contrario se tomará en consideración el más actual.
— En relación a estos cursos de informática, ofimática, y similares: no se valorarán
los cursos anteriores a 1 de enero de 2015.
9.3. Curso selectivo de formación: los aspirantes que habiendo aprobado todos y
cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y una vez sumada la nota obtenida en los
mismos a la puntuación obtenida en el concurso, obtengan las puntuaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de las plazas convocadas (sin que pueda considerarse que
han superado el oposición y concurso, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, quienes no figuren incluidos en la relación propuesta por el Tribunal de la
base 10), deberán superar, en una única convocatoria, un curso selectivo en el Centro de
Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, cuya duración no será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
La calificación del curso selectivo de formación será de 0 a 10 puntos, siendo de diez
la puntuación máxima, será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de las
asignaturas a superar. La nota final será la media aritmética correspondiente al conjunto de
las mismas, siendo la calificación otorgada por el centro docente vinculante para el Tribunal calificador.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que
se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del
curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación. El aspirante será ordenado en el escalafón de la
promoción en que supere el correspondiente curso selectivo.
Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de superar el período de prácticas municipal.
9.4. Período de prácticas: Los aspirantes que hayan aprobado el curso selectivo de
formación deberán superar, en una única convocatoria, un período de prácticas en el municipio respectivo cuya duración será de 6 meses.
La calificación del período de prácticas será otorgada por el Tribunal calificador como
“apto” o “no apto”, en base al informe razonado que sobre el mismo sea realizado por el
funcionario que determine el Tribunal calificador.
Los criterios para la valoración objetiva de superación del período de prácticas serán
los siguientes: habilidades generales y destrezas profesionales requeridas para el correcto
desempeño de la actividad policial, así como otros factores de desempeño; en especial la
disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, superiores y compañeros, y el cumplimiento de órdenes.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener, en consecuencia, el nombramiento como
funcionario de carrera, será necesario superar tanto el Curso Selectivo de Formación como
el período de prácticas.

Pág. 261

BOCM-20230627-62

BOCM