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Convenio –  Convenio de 13 de junio de 2023, entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la Fundación +34, para la atención a los madrileños en el exterior
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

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h) Presentar, en el plazo de un mes desde su aprobación en el Registro de Fundaciones, una copia de las cuentas de la Fundación +34.
i) Difundir por todos los medios a su alcance las actividades a desarrollar en el marco de este convenio.
Tercera
Beneficiarios del convenio
A los efectos del presente convenio, se entenderán como sujetos en situación de necesidad o en situación de vulnerabilidad para la prestación de ayudas asistenciales a aquellos
madrileños para los que la Fundación +34 aportará una declaración responsable de cada una
de las personas atendidas, de acuerdo con el modelo de anexo I del presente convenio, en
el que haga constar que la persona atendida cumple los siguientes requisitos:
a) No pertenecer a instituciones, comunidades u organizaciones que por sus reglas o
estatutos estén obligados a prestarles asistencia.
b) Carecer de rentas o ingresos suficientes. Para la determinación de este punto se estará a lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por
el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de españoles residentes en el exterior y retornados.
c) En el caso de prestación de asistencia sanitaria, carecer de dicha cobertura en el
país de residencia o que su contenido y alcance sean insuficientes.
La Fundación +34 aportará esta documentación a la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, que tras la evaluación de la situación, en su caso,
aprobará la actuación correspondiente.
En todo caso, se considera que se encuentran en situación de vulnerabilidad aquellos
madrileños que cumplen condena en instituciones penitenciarias fuera de España cuando
esta situación es debidamente apreciada por la Fundación +34. En estos supuestos, su atención no requerirá aprobación previa de la Dirección General de Cooperación con el Estado
y la Unión Europea, acreditándose la vulnerabilidad en este caso, mediante un certificado
del representante legal de la Fundación +34 haciéndolo constar, tal como se establece en la
cláusula quinta, apartado b, y de acuerdo al modelo del anexo II de este convenio.
Cuarta
1. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid participará en el coste de los compromisos comprendidos en este convenio con la aportación
económica máxima de 16.667 euros correspondientes a su período de vigencia, ascendiendo en caso de prórroga, a cincuenta mil euros (50.000 euros) anuales como máximo.
Dicha aportación se destinará al desarrollo de las actividades y gastos corrientes vinculados directamente con la ejecución del objeto del presente convenio. Que comprenderán,
entre otros, salarios, seguros sociales, alquileres, dietas, servicios informáticos, gestoría, telefonía, gastos de viaje, medicamentos, alimentos, así como gastos de transporte para retornados en situación de necesidad o ayudas económicas de emergencia. En cuanto a los salarios y seguros sociales, el pago de los mismos se hará siempre de acuerdo con lo establecido
en la cláusula sexta.
La aportación de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de
Madrid se realizará con cargo al subconcepto 22809 “otros convenios, conciertos o acuerdos” del programa 921U del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
El pago de esta aportación económica se realizará a la finalización de la vigencia del
convenio y se ejecutará mediante el ingreso en la cuenta bancaria, que a tal efecto comunique la Fundación +34, por el importe correspondiente a los gastos previamente justificados
de conformidad con la documentación que se detalla en la cláusula quinta, y que se deberá
presentar en el plazo máximo de 7 días de la finalización de la vigencia del convenio.
2. La Fundación +34 se compromete a la aportación de su red de voluntarios, la cual
pone a disposición del desarrollo de las actividades de atención y seguimiento de los madrileños en el exterior en situación de vulnerabilidad y madrileños en el exterior que se encuentren cumpliendo una pena de privación de libertad.
Las actividades de apoyo de la red de voluntarios especializados de la Fundación, cubren los diferentes ámbitos asistenciales que los beneficiarios puedan necesitar: sanitario,
apoyo legal, psicológico, acompañamiento, de alimentación, alojamiento, etc.

BOCM-20230627-18

Obligaciones económicas de las partes