D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230627-27)
Convenio – Adenda de 6 de junio de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de La Encina, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S46) Modelo de Atención Social Primaria (ASP)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023
Pág. 133
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
27
ADENDA de 6 de junio de 2023, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social, y la Mancomunidad de “La Encina”, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S46) Modelo de Atención Social Primaria (ASP).
Madrid, a 6 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, la Ilma. Sra. D.a Patricia Fernández Atienza, Presidenta de la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina”, elegida por la Junta de la Mancomunidad de 22 de julio
de 2019, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y de
las facultades que le confiere el artículo 6 de los Estatutos de dicha Mancomunidad.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y
MANIFIESTAN
El día 27 de agosto de 2022 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de “La Encina” para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos
procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (S46) Modelo de Atención
Social Primaria (ASP).
La cláusula undécima del citado convenio de colaboración, establece que cualquiera
de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la
adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá las
nuevas cláusulas y modificación de las anteriores.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio en base
a las siguientes
Primera
Renumeración de las cláusulas del convenio
Se renumeran las cláusulas novenas a decimonovena del convenio en el sentido que
indicamos:
— La cláusula novena pasa a numerarse décima.
— La cláusula décima pasa a numerarse undécima.
BOCM-20230627-27
CLÁUSULAS
B.O.C.M. Núm. 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023
Pág. 133
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
27
ADENDA de 6 de junio de 2023, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social, y la Mancomunidad de “La Encina”, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S46) Modelo de Atención Social Primaria (ASP).
Madrid, a 6 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, la Ilma. Sra. D.a Patricia Fernández Atienza, Presidenta de la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina”, elegida por la Junta de la Mancomunidad de 22 de julio
de 2019, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y de
las facultades que le confiere el artículo 6 de los Estatutos de dicha Mancomunidad.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y
MANIFIESTAN
El día 27 de agosto de 2022 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de “La Encina” para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos
procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (S46) Modelo de Atención
Social Primaria (ASP).
La cláusula undécima del citado convenio de colaboración, establece que cualquiera
de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la
adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá las
nuevas cláusulas y modificación de las anteriores.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio en base
a las siguientes
Primera
Renumeración de las cláusulas del convenio
Se renumeran las cláusulas novenas a decimonovena del convenio en el sentido que
indicamos:
— La cláusula novena pasa a numerarse décima.
— La cláusula décima pasa a numerarse undécima.
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