D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230626-40)
Convenio – Convenio de 12 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Asociación de Colegios Mayores de Madrid, para la concesión de una ayuda destinada a la realización de actividades conjuntas de interés para sus asociados durante el año 2023
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 150
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023
Pág. 151
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales,
y resto de normativa aplicable.
Duodécima
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma por ambas partes hasta el 1 de marzo de 2024, momento en el que se debe haber dado cumplimiento a las obligaciones de justificación impuestas a la Asociación de Colegios Mayores de Madrid en la cláusula sexta.
Decimotercera
Jurisdicción competente
BOCM-20230626-40
Es competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación,
aplicación o efectos del presente convenio la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del
municipio de Madrid.
Este convenio se firma de forma electrónica, considerándose como fecha del convenio
la que aparece en la firma del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, habiendo firmado previamente el Presidente de la Asociación de Colegios Mayores de Madrid.
Madrid, a 12 de junio de 2023.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades en funciones, Enrique Ossorio Crespo.—El Presidente de la Asociación de Colegios Mayores de Madrid, Alejandro Cremades Rodríguez.
(03/10.465/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 150
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023
Pág. 151
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales,
y resto de normativa aplicable.
Duodécima
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma por ambas partes hasta el 1 de marzo de 2024, momento en el que se debe haber dado cumplimiento a las obligaciones de justificación impuestas a la Asociación de Colegios Mayores de Madrid en la cláusula sexta.
Decimotercera
Jurisdicción competente
BOCM-20230626-40
Es competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación,
aplicación o efectos del presente convenio la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del
municipio de Madrid.
Este convenio se firma de forma electrónica, considerándose como fecha del convenio
la que aparece en la firma del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, habiendo firmado previamente el Presidente de la Asociación de Colegios Mayores de Madrid.
Madrid, a 12 de junio de 2023.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades en funciones, Enrique Ossorio Crespo.—El Presidente de la Asociación de Colegios Mayores de Madrid, Alejandro Cremades Rodríguez.
(03/10.465/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791