D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230626-40)
Convenio – Convenio de 12 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Asociación de Colegios Mayores de Madrid, para la concesión de una ayuda destinada a la realización de actividades conjuntas de interés para sus asociados durante el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023
Pág. 147
Con este fin, su objetivo es impulsar la formación y participación de los estudiantes,
siendo punto de encuentro, canalizando las iniciativas y fomentando diversas actividades
culturales y deportivas para los cuarenta colegios que forman parte de ella.
Cuarto
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades considera esencial para
el Sistema Universitario Madrileño la labor que realiza la asociación que impulsa la realización de actividades encaminadas a la integración, la formación y la participación de los
estudiantes.
Quinto
En el año 2023, como continuación de esta imprescindible actividad de fomento, la
Comunidad de Madrid prevé conceder una subvención a la asociación, mediante el procedimiento establecido en el presente convenio.
Los fondos de la Comunidad de Madrid irán dirigidos a financiar actividades conjuntas que resulten de interés para sus asociados durante el año 2023.
En este sentido, el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades firmó,
con fecha 11 de abril de 2023, la correspondiente memoria justificativa de la concurrencia
de razones de interés social para la concesión directa de la subvención, exigida en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Esta subvención se regirá por el régimen jurídico previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, particularmente en
lo dispuesto en el apartado tercero de su artículo 4.5.c); Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo
Parcial de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas, y demás disposiciones aplicables.
Séptimo
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el día 24 de
mayo de 2023, autorizó con carácter previo la firma del presente convenio, en los términos
recogidos en el presente documento.
En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
Segunda
Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo a la concesión de la ayuda, que
viene dada por la firma de este convenio, la Asociación de Colegios Mayores de Madrid de-
BOCM-20230626-40
El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Asociación de Colegios Mayores de Madrid, destinada
a financiar en el año 2023 actividades conjuntas que resulten de interés para sus asociados.
En concreto, la subvención se destinará íntegramente a financiar parcialmente los costes de actividades educativas que se concretarán en la realización de un aula de cine, del torneo de debate y de los campeonatos deportivos.
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023
Pág. 147
Con este fin, su objetivo es impulsar la formación y participación de los estudiantes,
siendo punto de encuentro, canalizando las iniciativas y fomentando diversas actividades
culturales y deportivas para los cuarenta colegios que forman parte de ella.
Cuarto
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades considera esencial para
el Sistema Universitario Madrileño la labor que realiza la asociación que impulsa la realización de actividades encaminadas a la integración, la formación y la participación de los
estudiantes.
Quinto
En el año 2023, como continuación de esta imprescindible actividad de fomento, la
Comunidad de Madrid prevé conceder una subvención a la asociación, mediante el procedimiento establecido en el presente convenio.
Los fondos de la Comunidad de Madrid irán dirigidos a financiar actividades conjuntas que resulten de interés para sus asociados durante el año 2023.
En este sentido, el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades firmó,
con fecha 11 de abril de 2023, la correspondiente memoria justificativa de la concurrencia
de razones de interés social para la concesión directa de la subvención, exigida en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Esta subvención se regirá por el régimen jurídico previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, particularmente en
lo dispuesto en el apartado tercero de su artículo 4.5.c); Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo
Parcial de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas, y demás disposiciones aplicables.
Séptimo
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el día 24 de
mayo de 2023, autorizó con carácter previo la firma del presente convenio, en los términos
recogidos en el presente documento.
En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
Segunda
Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo a la concesión de la ayuda, que
viene dada por la firma de este convenio, la Asociación de Colegios Mayores de Madrid de-
BOCM-20230626-40
El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Asociación de Colegios Mayores de Madrid, destinada
a financiar en el año 2023 actividades conjuntas que resulten de interés para sus asociados.
En concreto, la subvención se destinará íntegramente a financiar parcialmente los costes de actividades educativas que se concretarán en la realización de un aula de cine, del torneo de debate y de los campeonatos deportivos.