B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-1)
Retribución funcionarios docentes – Orden de 22 de junio de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 149
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 5
b) Actividad y dedicación extraordinaria: se manifiesta en la mayor jornada que debe
realizar, atendiendo de 7:30 horas a 17:30 horas en horario ampliado.
c) Interés o iniciativa: se confirma su concurrencia necesaria para la adaptación al ciclo del alumnado y su transición al siguiente.
2. Modalidades de participación y asignación de importe mensual de productividad:
MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
IMPORTE
Maestro responsable de 1er ciclo infantil y transición a 2º ciclo infantil-calendario
no ampliado (10 mensualidades)
80 €/mes
er
Maestro responsable de 1 ciclo infantil y transición a 2º ciclo infantil calendario
ampliado (11 mensualidades)
381 €/mes
3. El importe de este complemento de productividad se devengará durante los meses de
septiembre a junio y de septiembre a julio según la modalidad de participación del perceptor.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Los efectos económicos de la presente Orden se producirán a partir del primer día del
mes siguiente al de su entrada en vigor.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Se deroga la Orden de 5 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, relativa a la creación de un componente singular del complemento específico para
los maestros responsables del primer ciclo de Educación Infantil.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 22 de junio de 2023.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo en funciones,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
BOCM-20230624-1
(03/11.101/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 149
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 5
b) Actividad y dedicación extraordinaria: se manifiesta en la mayor jornada que debe
realizar, atendiendo de 7:30 horas a 17:30 horas en horario ampliado.
c) Interés o iniciativa: se confirma su concurrencia necesaria para la adaptación al ciclo del alumnado y su transición al siguiente.
2. Modalidades de participación y asignación de importe mensual de productividad:
MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
IMPORTE
Maestro responsable de 1er ciclo infantil y transición a 2º ciclo infantil-calendario
no ampliado (10 mensualidades)
80 €/mes
er
Maestro responsable de 1 ciclo infantil y transición a 2º ciclo infantil calendario
ampliado (11 mensualidades)
381 €/mes
3. El importe de este complemento de productividad se devengará durante los meses de
septiembre a junio y de septiembre a julio según la modalidad de participación del perceptor.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Los efectos económicos de la presente Orden se producirán a partir del primer día del
mes siguiente al de su entrada en vigor.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Se deroga la Orden de 5 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, relativa a la creación de un componente singular del complemento específico para
los maestros responsables del primer ciclo de Educación Infantil.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 22 de junio de 2023.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo en funciones,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
BOCM-20230624-1
(03/11.101/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791