C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-5)
Convenio colectivo – Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Mercados Centrales de Abastecimiento, S. A. (Código número 28100721012015)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 109
DISPOSICIONES TRANSITORIAS:
Primera: convenio colectivo aplicable a los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020
Se ha aplicado la ultraactividad del Convenio Colectivo 2013-2015 durante los ejercicios 2016, 2017,
2018, 2019 y 2020.
Segunda. - Régimen aplicable al director adjunto de comunicación
BOCM-20230624-5
El Director Adjunto de Comunicación mantiene a título personal las retribuciones y demás derechos
que tuviera reconocidos en el momento de entrada en vigor del Convenio colectivo 2013-2015
mientras continúe desempeñando el puesto directivo. En caso de cese en el mismo, pasará a ocupar
el puesto que se le asigne con el nivel y tramo que le corresponda, teniendo en cuenta los criterios
establecidos en la disposición adicional primera.
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 109
DISPOSICIONES TRANSITORIAS:
Primera: convenio colectivo aplicable a los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020
Se ha aplicado la ultraactividad del Convenio Colectivo 2013-2015 durante los ejercicios 2016, 2017,
2018, 2019 y 2020.
Segunda. - Régimen aplicable al director adjunto de comunicación
BOCM-20230624-5
El Director Adjunto de Comunicación mantiene a título personal las retribuciones y demás derechos
que tuviera reconocidos en el momento de entrada en vigor del Convenio colectivo 2013-2015
mientras continúe desempeñando el puesto directivo. En caso de cese en el mismo, pasará a ocupar
el puesto que se le asigne con el nivel y tramo que le corresponda, teniendo en cuenta los criterios
establecidos en la disposición adicional primera.