C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-3)
Convenio colectivo – Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Actren Mantenimiento Ferroviario, S. A. (Código número 28100701012015)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 45
11. Tareas técnicas, administrativas o de organización, que consisten en el mantenimiento
preventivo o correctivo de sistemas robotizados que implican amplios conocimientos integrados de
electrónica, hidráulica y lógica neumática, conllevando la responsabilidad de pronta intervención
dentro del proceso productivo.
12. Tareas técnicas de toda clase de proyectos, reproducciones o detalles bajo la dirección de un
mando superior, ordenando, vigilando y dirigiendo la ejecución práctica de las mismas, pudiendo
dirigir montajes, levantar planos topográficos, etc.
13. Tareas técnicas de gestión comercial con responsabilidad sobre un sector geográfico delimitado
y/o una gama específica de productos.
GRUPO PROFESIONAL 4
Criterios Generales
Aquellos trabajadores y trabajadoras que realizan trabajos de ejecución autónoma que exijan,
habitualmente iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores y trabajadoras encargados de
su ejecución, comportando bajo supervisión la responsabilidad de las mismas.
Formación.- Titulación equiparable a Bachillerato, ciclo formativo de grado medio o conocimientos
equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos
adquiridos en el desempeño de la profesión.
Comprende, a título orientativo, los siguientes:
Encargados de sección de taller (producción, mantenimiento), jefes de equipo o de turno con más
de 1 año de antigüedad en el ejercicio de estas funciones en Actren.
Este personal pertenecerá al colegio de especialistas y no cualificados a efectos tanto de
elecciones sindicales como del artículo 11 del convenio.
Este grupo profesional comprende los siguientes 8 niveles salariales: n1, n2, n3, n4, n5, n6, n7 y n8.
Los Encargados de sección / jefes de equipo / jefes de turno /similar, habrán tenido, necesariamente,
que ejercer al menos un año como jefe de equipo dentro de los Grupos 7 o Grupo 5, para poder
pasar al Grupo 4.
Las personas del Grupo 4, promocionarán de nivel salarial según Artículo 11.
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Tareas de análisis y determinaciones de laboratorio realizadas bajo supervisión, sin que sea
necesario siempre indicar normas y especificaciones, implicando preparación de los elementos
necesarios, obtención de muestras y extensión de certificados y boletines de análisis.
2. Tareas de delineación de proyectos sencillos, levantamiento de planos de conjunto y detalle,
partiendo de información recibida y realizando los tanteos necesarios a la vez que proporcionando
las soluciones requeridas.
3. Tareas de I + D de proyectos completos según instrucciones.
4. Tareas que suponen la supervisión según normas generales recibidas de un mando inmediato
superior de la ejecución práctica de las tareas en el taller, laboratorio u oficina.
5. Tareas que consisten en el mantenimiento preventivo y correctivo de sistemas robotizados que
implican suficientes conocimientos integrados de electrónica, hidráulica y lógica neumática,
conllevando la responsabilidad correspondiente dentro del proceso productivo.
7. Ejercer mando directo al frente de un conjunto de operarios/as que recepcionan la producción, la
clasifican, almacenan y expiden, llevando el control de los materiales, así como de la utilización de
las máquinas vehículos de que se dispone.
8. Conducción con permiso adecuado, entendiendo que puede combinarse esta actividad con otras
actividades conexas.
9. Realizar inspecciones de toda clase de piezas, máquinas, estructuras, materiales y repuestos,
tanto durante el proceso como después de terminadas, en la propia empresa, en base a planos,
BOCM-20230624-3
6. Tareas de regulación automática eligiendo el programa adecuado, introduciendo las variantes
precisas en instalaciones de producción, centralizadas o no, llevando el control a través de los
medios adecuados (terminales, microordenadores, etc.)
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 45
11. Tareas técnicas, administrativas o de organización, que consisten en el mantenimiento
preventivo o correctivo de sistemas robotizados que implican amplios conocimientos integrados de
electrónica, hidráulica y lógica neumática, conllevando la responsabilidad de pronta intervención
dentro del proceso productivo.
12. Tareas técnicas de toda clase de proyectos, reproducciones o detalles bajo la dirección de un
mando superior, ordenando, vigilando y dirigiendo la ejecución práctica de las mismas, pudiendo
dirigir montajes, levantar planos topográficos, etc.
13. Tareas técnicas de gestión comercial con responsabilidad sobre un sector geográfico delimitado
y/o una gama específica de productos.
GRUPO PROFESIONAL 4
Criterios Generales
Aquellos trabajadores y trabajadoras que realizan trabajos de ejecución autónoma que exijan,
habitualmente iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores y trabajadoras encargados de
su ejecución, comportando bajo supervisión la responsabilidad de las mismas.
Formación.- Titulación equiparable a Bachillerato, ciclo formativo de grado medio o conocimientos
equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos
adquiridos en el desempeño de la profesión.
Comprende, a título orientativo, los siguientes:
Encargados de sección de taller (producción, mantenimiento), jefes de equipo o de turno con más
de 1 año de antigüedad en el ejercicio de estas funciones en Actren.
Este personal pertenecerá al colegio de especialistas y no cualificados a efectos tanto de
elecciones sindicales como del artículo 11 del convenio.
Este grupo profesional comprende los siguientes 8 niveles salariales: n1, n2, n3, n4, n5, n6, n7 y n8.
Los Encargados de sección / jefes de equipo / jefes de turno /similar, habrán tenido, necesariamente,
que ejercer al menos un año como jefe de equipo dentro de los Grupos 7 o Grupo 5, para poder
pasar al Grupo 4.
Las personas del Grupo 4, promocionarán de nivel salarial según Artículo 11.
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Tareas de análisis y determinaciones de laboratorio realizadas bajo supervisión, sin que sea
necesario siempre indicar normas y especificaciones, implicando preparación de los elementos
necesarios, obtención de muestras y extensión de certificados y boletines de análisis.
2. Tareas de delineación de proyectos sencillos, levantamiento de planos de conjunto y detalle,
partiendo de información recibida y realizando los tanteos necesarios a la vez que proporcionando
las soluciones requeridas.
3. Tareas de I + D de proyectos completos según instrucciones.
4. Tareas que suponen la supervisión según normas generales recibidas de un mando inmediato
superior de la ejecución práctica de las tareas en el taller, laboratorio u oficina.
5. Tareas que consisten en el mantenimiento preventivo y correctivo de sistemas robotizados que
implican suficientes conocimientos integrados de electrónica, hidráulica y lógica neumática,
conllevando la responsabilidad correspondiente dentro del proceso productivo.
7. Ejercer mando directo al frente de un conjunto de operarios/as que recepcionan la producción, la
clasifican, almacenan y expiden, llevando el control de los materiales, así como de la utilización de
las máquinas vehículos de que se dispone.
8. Conducción con permiso adecuado, entendiendo que puede combinarse esta actividad con otras
actividades conexas.
9. Realizar inspecciones de toda clase de piezas, máquinas, estructuras, materiales y repuestos,
tanto durante el proceso como después de terminadas, en la propia empresa, en base a planos,
BOCM-20230624-3
6. Tareas de regulación automática eligiendo el programa adecuado, introduciendo las variantes
precisas en instalaciones de producción, centralizadas o no, llevando el control a través de los
medios adecuados (terminales, microordenadores, etc.)