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Convenio –  Convenio de 8 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Vivo Sano, para el desarrollo del programa de acompañamiento a los pacientes al final de su vida, en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 147

JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023

Pág. 105

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente convenio en el ámbito sanitario
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Este presente convenio tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los pacientes en
situación de soledad o escaso tejido social o familiar y que se enfrentan a la fase final de su
vida, ingresados en los centros del Servicio Madrileño de Salud que se relacionan en el
anexo I a este convenio y de sus familiares o allegados, mediante el acompañamiento por
parte de voluntarios formados previamente por la fundación, así como regular la actuación
de la misma en dichos centros. Todo ello, a través del desarrollo del programa de acompañamiento al paciente al final de su vida, consistente en:
— Apoyo emocional y acompañamiento al paciente en situación de soledad o con escaso tejido social o familiar, que se encuentre ingresado en un centro sanitario del
Servicio Madrileño de Salud.
— Actividades de ocio y distracción durante la hospitalización del paciente.
— Asesoramiento y apoyo emocional del paciente y la familia, tras la comunicación
del pronóstico de vida.
En los centros, la ocupación de los espacios se limitará al desarrollo imprescindible de
las actividades derivadas del convenio y estará supeditada y en nada afectará al normal
funcionamiento de la principal prestación —la asistencia sanitaria— de cada hospital, sin
que suponga cesión de carácter permanente o exclusivo o cesión de derechos reales ni detrimento alguno de dicha prestación básica esencial.
Los centros del anexo I podrán ampliarse o reducirse por voluntad de las partes, mediante adenda, quedando sujetos a todas las estipulaciones de este convenio.
Se entenderán actividades de acompañamiento todas aquellas en las que personas voluntarias proporcionan a los pacientes compañía, entretenimiento, posibilidades de participación y desarrollo y actividades análogas, con la posible participación de los familiares o
allegados, con la finalidad de mejorar la normalización y la calidad de vida de estos.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación ya existentes para difundir las actividades
que desarrolle la fundación en los centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito de este convenio.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la fundación, detallando las actividades objeto del convenio, al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Definir, a través de los servicios de información y atención al paciente de los centros, los procedimientos que regulen los requisitos de acceso a los entornos donde
se lleve a cabo el programa de intervención, atendiendo a la situación clínica del
paciente, según el criterio de los profesionales sanitarios y la decisión de pacientes y familiares.
— Facilitar en la medida de lo posible un espacio en los centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito de este convenio, que servirá de lugar de referencia del voluntariado en los mismos.
— Designar en cada centro donde se lleve a cabo el objeto del presente convenio una
persona que será la interlocutora válida ante la persona designada por la fundación
como responsable de la actuación de sus miembros y como coordinadora del voluntariado en dicho centro.
— Facilitar un espacio en los centros del ámbito del convenio para la realización de
actividades dirigidas a los pacientes y sus familiares, cuando sea posible y así lo
aprecie la comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula séptima de este
convenio.

BOCM-20230622-35

Compromisos de las partes