D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230620-46)
Convenio –  Adenda de 5 de junio de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Ángela Navarro, para facilitar a pacientes oncológicos de hospitales del Servicio Madrileño de Salud el acceso a prótesis capilares
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE JUNIO DE 2023

Pág. 235

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
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ADENDA de 5 de junio de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud
y la Fundación Ángela Navarro, para facilitar a pacientes oncológicos de hospitales del Servicio Madrileño de Salud el acceso a prótesis capilares.
REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad en funciones nombrado mediante Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
en el ejercicio de sus competencias y en representación de la Consejería de Sanidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y
Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con los artículos 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, y 23.2.a)
del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D.a Ángela Navarro Valladolid, en su calidad de Presidenta de la Fundación Ángela Navarro, según escritura de elevación a público de acuerdos sociales de 27 de
julio de 2011, ante notario Augusto Gómez-Martinho Cruz, con NIF G-86291630, inscrita
en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad con
número 28-1660, con domicilio social en Los Mesejo, número 9, 28007 Madrid y conforme al artículo 11 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las entidades señaladas, se reconocen capacidad jurídica suficiente para este acto y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la orientación del Sistema Sanitario a los ciudadanos, la humanización de la organización sanitaria y la promoción y garantía de la calidad de los servicios.

Corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el
control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras,
en materia de humanización sanitaria, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto 1/2022,
de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sanidad. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su
Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones
institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en diferentes niveles y a lo largo del proceso asistencial, según

BOCM-20230620-46

Segundo