C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230619-15)
Regulación enseñanzas – Orden 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 144
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
ORDEN 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid.
El artículo 67.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que
la organización y la metodología de las enseñanzas para las personas adultas se basarán en
el autoaprendizaje y tendrán en cuenta sus experiencias, necesidades e intereses, pudiendo
desarrollarse a través de la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia. Asimismo, en el apartado 7 del citado artículo se refiere que las enseñanzas para las personas adultas se organizarán con una metodología flexible y abierta, de modo que respondan a sus capacidades, necesidades e intereses.
La disposición adicional tercera del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que
se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, establece que corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas oportunas para que las personas adultas dispongan de una oferta específica de estos estudios organizada de acuerdo con
sus características.
En el ámbito de la Comunidad de Madrid se promulgó el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo del Bachillerato para la Comunidad de Madrid, que ha establecido la ordenación curricular de esta etapa educativa, de
conformidad con lo establecido en la normativa básica. El citado decreto determina las características generales sobre la oferta del Bachillerato en sus diferentes modalidades y vías, así
como define los elementos curriculares correspondientes a las diferentes materias. Este marco normativo exige la concreción de esta oferta educativa en relación con la enseñanza semipresencial y la educación a distancia para las personas adultas en la Comunidad de Madrid.
La Orden 3357/2016, de 17 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se ordenan y organizan para las personas adultas las enseñanzas de Bachillerato en los regímenes nocturno y a distancia en la Comunidad de Madrid, modificada por
la Orden 873/2018, de 26 de marzo, ha establecido la oferta específica del Bachillerato para
las personas adultas en la Comunidad de Madrid, bajo el anterior sistema educativo regulado en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. No
obstante, la nueva ordenación del Bachillerato requiere una revisión de esta oferta, así como
su adaptación a los nuevos retos y oportunidades de la sociedad actual. Por este motivo, la
Comunidad de Madrid plantea una oferta específica de Bachillerato para las personas adultas que, de conformidad con lo dispuesto en la normativa básica se desarrolla a través de la
enseñanza semipresencial y la educación a distancia. De esta manera, se mantiene el formato de una educación a distancia con una metodología que incluye las herramientas digitales
actualmente disponibles que favorecen los procesos de enseñanza y de aprendizaje. Por otro
lado, se ha optado por sustituir el régimen nocturno, con una estructura rígida en la organización de las materias, por un formato más flexible, la enseñanza semipresencial; en la que
el alumno podrá matricularse de las materias que desee, siguiendo un itinerario más conforme a su ritmo de aprendizaje, combinando las tutorías colectivas presenciales con un carácter práctico que oriente al alumno en su aprendizaje con tutorías no presenciales, donde se
desarrollan actividades a distancia que completan y complementan su proceso formativo.
La enseñanza semipresencial, que es la principal novedad que se introduce en esta
oferta para adultos, ofrece la posibilidad de recibir docencia directa para aquellas personas
adultas que disponen de la posibilidad de asistir a las actividades docentes, con un horario
lectivo que facilite la conciliación de sus obligaciones laborales o personales, y menos exigente que el establecido para el régimen ordinario. Asimismo, para quienes no tengan la
disponibilidad de asistir de forma regular al centro educativo, se ofrece la oferta del Bachillerato mediante la educación a distancia, en el que los procesos de aprendizaje se llevarán
a cabo mediante el uso preferente de las tecnologías de la información y la comunicación a
través de una plataforma virtual de aprendizaje en línea, posibilitando la interacción del
alumnado y el profesorado.
BOCM-20230619-15
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 144
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
ORDEN 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid.
El artículo 67.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que
la organización y la metodología de las enseñanzas para las personas adultas se basarán en
el autoaprendizaje y tendrán en cuenta sus experiencias, necesidades e intereses, pudiendo
desarrollarse a través de la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia. Asimismo, en el apartado 7 del citado artículo se refiere que las enseñanzas para las personas adultas se organizarán con una metodología flexible y abierta, de modo que respondan a sus capacidades, necesidades e intereses.
La disposición adicional tercera del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que
se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, establece que corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas oportunas para que las personas adultas dispongan de una oferta específica de estos estudios organizada de acuerdo con
sus características.
En el ámbito de la Comunidad de Madrid se promulgó el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo del Bachillerato para la Comunidad de Madrid, que ha establecido la ordenación curricular de esta etapa educativa, de
conformidad con lo establecido en la normativa básica. El citado decreto determina las características generales sobre la oferta del Bachillerato en sus diferentes modalidades y vías, así
como define los elementos curriculares correspondientes a las diferentes materias. Este marco normativo exige la concreción de esta oferta educativa en relación con la enseñanza semipresencial y la educación a distancia para las personas adultas en la Comunidad de Madrid.
La Orden 3357/2016, de 17 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se ordenan y organizan para las personas adultas las enseñanzas de Bachillerato en los regímenes nocturno y a distancia en la Comunidad de Madrid, modificada por
la Orden 873/2018, de 26 de marzo, ha establecido la oferta específica del Bachillerato para
las personas adultas en la Comunidad de Madrid, bajo el anterior sistema educativo regulado en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. No
obstante, la nueva ordenación del Bachillerato requiere una revisión de esta oferta, así como
su adaptación a los nuevos retos y oportunidades de la sociedad actual. Por este motivo, la
Comunidad de Madrid plantea una oferta específica de Bachillerato para las personas adultas que, de conformidad con lo dispuesto en la normativa básica se desarrolla a través de la
enseñanza semipresencial y la educación a distancia. De esta manera, se mantiene el formato de una educación a distancia con una metodología que incluye las herramientas digitales
actualmente disponibles que favorecen los procesos de enseñanza y de aprendizaje. Por otro
lado, se ha optado por sustituir el régimen nocturno, con una estructura rígida en la organización de las materias, por un formato más flexible, la enseñanza semipresencial; en la que
el alumno podrá matricularse de las materias que desee, siguiendo un itinerario más conforme a su ritmo de aprendizaje, combinando las tutorías colectivas presenciales con un carácter práctico que oriente al alumno en su aprendizaje con tutorías no presenciales, donde se
desarrollan actividades a distancia que completan y complementan su proceso formativo.
La enseñanza semipresencial, que es la principal novedad que se introduce en esta
oferta para adultos, ofrece la posibilidad de recibir docencia directa para aquellas personas
adultas que disponen de la posibilidad de asistir a las actividades docentes, con un horario
lectivo que facilite la conciliación de sus obligaciones laborales o personales, y menos exigente que el establecido para el régimen ordinario. Asimismo, para quienes no tengan la
disponibilidad de asistir de forma regular al centro educativo, se ofrece la oferta del Bachillerato mediante la educación a distancia, en el que los procesos de aprendizaje se llevarán
a cabo mediante el uso preferente de las tecnologías de la información y la comunicación a
través de una plataforma virtual de aprendizaje en línea, posibilitando la interacción del
alumnado y el profesorado.
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