Alcorcón (BOCM-20230619-57)
Organización y funcionamiento. Creación sede y registro electrónico
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 388
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 144
c) En el caso de utilización de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten los campos requeridos como obligatorios en la resolución de aprobación del
correspondiente documento, o cuando contenga incongruencias u omisiones que
impidan su tratamiento.
d) Que se trate de documentos que deban presentarse en Registros Electrónicos
específicos.
e) Cualquier documentación que tenga establecida un trámite específico fuera del registro electrónico.
7. Presentación de documentos adjuntos
Podrán aportarse documentos que acompañen a la solicitud, escrito o comunicación indicando el número de Registro de entrada asignado por la unidad registral electrónica a la solicitud o escrito a la que se adjuntan dichos documentos. De acuerdo con los instrumentos
informáticos y vías de comunicación disponibles, podrá limitarse el número de ficheros
complementarios, así como el tamaño máximo de los mismos a presentar en una sola sesión.
Los documentos no disponibles en formato electrónico y que, por su naturaleza, no
sean susceptibles de aportación utilizando el procedimiento de digitalización previsto en el
artículo 27.3.b de la Ley 39/2015 según el cual, “se entiende por digitalización el proceso
tecnológico que permite convertir un documento en soporte papel o en otro soporte no electrónico en un fichero electrónico que contiene la imagen codificada, fiel e íntegra del documento”, podrán presentarse en los plazos y formatos establecidos en la normativa aplicable, a partir de la presentación del correspondiente formulario de forma presencial. El
incumplimiento de este plazo para la aportación de la documentación complementaria, podrá dar lugar a su requerimiento.
8. Resguardo acreditativo de la presentación
Tras la recepción de una solicitud, escrito o comunicación, el Registro Electrónico
emitirá automáticamente un recibo firmado electrónicamente, con el contenido siguiente:
— Identidad del remitente y datos relativos a la solicitud.
— Fecha y hora de presentación y código del registro electrónico.
— En su caso, enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado, seguida de la huella electrónica de
cada uno de ellos.
9. Interoperabilidad y seguridad
El Registro Electrónico dispondrá los medios organizativos y técnicos adecuados para
garantizar la interoperabilidad y seguridad del Registro Electrónico de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
10. Incorporación, modificación y supresión de procedimientos y trámites
La incorporación de nuevos procedimientos y trámites al Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Alcorcón, así como la modificación o supresión de los mismos o
de sus correspondientes modelos normalizados de escritos, se realizará, previa propuesta
del órgano competente para la resolución del procedimiento de que se trate, mediante resolución de la Concejalía de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana o, en su
caso, del Órgano que en cada momento tenga asumida la competencia en la materia.
El diseño del Registro Electrónico observará los requisitos de accesibilidad previstos en el
Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las
condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
Cuarto.—Publicar la creación de la Sede y del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Alcorcón en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web
del Ayuntamiento de Alcorcón.
Quinto.—Publicar la Presente Resolución en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Alcorcón.
BOCM-20230619-57
11. Accesibilidad
Pág. 388
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B.O.C.M. Núm. 144
c) En el caso de utilización de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten los campos requeridos como obligatorios en la resolución de aprobación del
correspondiente documento, o cuando contenga incongruencias u omisiones que
impidan su tratamiento.
d) Que se trate de documentos que deban presentarse en Registros Electrónicos
específicos.
e) Cualquier documentación que tenga establecida un trámite específico fuera del registro electrónico.
7. Presentación de documentos adjuntos
Podrán aportarse documentos que acompañen a la solicitud, escrito o comunicación indicando el número de Registro de entrada asignado por la unidad registral electrónica a la solicitud o escrito a la que se adjuntan dichos documentos. De acuerdo con los instrumentos
informáticos y vías de comunicación disponibles, podrá limitarse el número de ficheros
complementarios, así como el tamaño máximo de los mismos a presentar en una sola sesión.
Los documentos no disponibles en formato electrónico y que, por su naturaleza, no
sean susceptibles de aportación utilizando el procedimiento de digitalización previsto en el
artículo 27.3.b de la Ley 39/2015 según el cual, “se entiende por digitalización el proceso
tecnológico que permite convertir un documento en soporte papel o en otro soporte no electrónico en un fichero electrónico que contiene la imagen codificada, fiel e íntegra del documento”, podrán presentarse en los plazos y formatos establecidos en la normativa aplicable, a partir de la presentación del correspondiente formulario de forma presencial. El
incumplimiento de este plazo para la aportación de la documentación complementaria, podrá dar lugar a su requerimiento.
8. Resguardo acreditativo de la presentación
Tras la recepción de una solicitud, escrito o comunicación, el Registro Electrónico
emitirá automáticamente un recibo firmado electrónicamente, con el contenido siguiente:
— Identidad del remitente y datos relativos a la solicitud.
— Fecha y hora de presentación y código del registro electrónico.
— En su caso, enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado, seguida de la huella electrónica de
cada uno de ellos.
9. Interoperabilidad y seguridad
El Registro Electrónico dispondrá los medios organizativos y técnicos adecuados para
garantizar la interoperabilidad y seguridad del Registro Electrónico de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
10. Incorporación, modificación y supresión de procedimientos y trámites
La incorporación de nuevos procedimientos y trámites al Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Alcorcón, así como la modificación o supresión de los mismos o
de sus correspondientes modelos normalizados de escritos, se realizará, previa propuesta
del órgano competente para la resolución del procedimiento de que se trate, mediante resolución de la Concejalía de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana o, en su
caso, del Órgano que en cada momento tenga asumida la competencia en la materia.
El diseño del Registro Electrónico observará los requisitos de accesibilidad previstos en el
Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las
condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
Cuarto.—Publicar la creación de la Sede y del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Alcorcón en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web
del Ayuntamiento de Alcorcón.
Quinto.—Publicar la Presente Resolución en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Alcorcón.
BOCM-20230619-57
11. Accesibilidad