Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230619-54)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
Pág. 379
b) La potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los inversores que configuran dicha instalación”.
Con la documentación obrante en el expediente, se elaboró una propuesta de resolución que se remitió a Mitra Beta, S. L. U., para realizar el correspondiente trámite de
audiencia previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitándose además información en relación a la actualización de los permisos de acceso y conexión. Posteriormente,
como respuesta a lo anterior, el promotor se mostró de acuerdo con la propuesta emitida,
aportando la información solicitada, que se incorpora al expediente. La presente resolución
ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por el promotor.
El promotor ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la
realización del proyecto.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe, en su sesión celebrada el día 16 de marzo de 2023.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones
de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas
RESUELVE
Único. Otorgar a Mitra Beta, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Guadarrama, de 103,995 MW de potencia pico y 95 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
Planta Solar Fotovoltaica Guadarrama:
—
—
—
—
Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 95 MW.
Potencia pico de módulos: 103,995 MW.
Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S. A. U.: 95 MW.
— Términos municipales afectados: Moraleja de Enmedio (Madrid).
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los proyectos “Proyecto de Ejecución Instalación Fotovoltaica FV Guadarrama de 103,994 MWp” fechado en noviembre
de 2020, y “Proyecto de Ejecución Subestación Guadarrama 220/30 kV” fechado en noviembre de 2020, se componen de:
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido de
la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá atenderse al
condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto ambiental y, en
su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuación, siendo
de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, su-
BOCM-20230619-54
— Seis circuitos subterráneos con cables Al XLPE 18/30 kV a 30 kV que conectarán
cada uno de los centros de transformación de la planta solar fotovoltaica Guadarrama con la subestación eléctrica elevadora SET Guadarrama 30/220 kV.
— La subestación SET Guadarrama 30/220 kV (85/105 MVA) está ubicada en el término municipal de Moraleja de Enmedio (Madrid).
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
Pág. 379
b) La potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los inversores que configuran dicha instalación”.
Con la documentación obrante en el expediente, se elaboró una propuesta de resolución que se remitió a Mitra Beta, S. L. U., para realizar el correspondiente trámite de
audiencia previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitándose además información en relación a la actualización de los permisos de acceso y conexión. Posteriormente,
como respuesta a lo anterior, el promotor se mostró de acuerdo con la propuesta emitida,
aportando la información solicitada, que se incorpora al expediente. La presente resolución
ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por el promotor.
El promotor ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la
realización del proyecto.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe, en su sesión celebrada el día 16 de marzo de 2023.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones
de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas
RESUELVE
Único. Otorgar a Mitra Beta, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Guadarrama, de 103,995 MW de potencia pico y 95 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
Planta Solar Fotovoltaica Guadarrama:
—
—
—
—
Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 95 MW.
Potencia pico de módulos: 103,995 MW.
Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S. A. U.: 95 MW.
— Términos municipales afectados: Moraleja de Enmedio (Madrid).
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los proyectos “Proyecto de Ejecución Instalación Fotovoltaica FV Guadarrama de 103,994 MWp” fechado en noviembre
de 2020, y “Proyecto de Ejecución Subestación Guadarrama 220/30 kV” fechado en noviembre de 2020, se componen de:
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido de
la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá atenderse al
condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto ambiental y, en
su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuación, siendo
de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, su-
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— Seis circuitos subterráneos con cables Al XLPE 18/30 kV a 30 kV que conectarán
cada uno de los centros de transformación de la planta solar fotovoltaica Guadarrama con la subestación eléctrica elevadora SET Guadarrama 30/220 kV.
— La subestación SET Guadarrama 30/220 kV (85/105 MVA) está ubicada en el término municipal de Moraleja de Enmedio (Madrid).