Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230616-55)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JUNIO DE 2023

biente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, y de la Dirección General de
Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Red Eléctrica de España, del Ayuntamiento de Méntrida, de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Canal de Isabel II, del Instituto Geográfico
Nacional, de UFD (Grupo Naturgy), del Ayuntamiento de Navalcarnero, y del Área de Vías
Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a
cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo y de la Dirección General de Carreteras y Transportes, ambas de la Consejería
de Fomento de Castilla-La Mancha, de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha,
de la Confederación Hidrográfica del Tajo, del Ayuntamiento de Portillo de Toledo, de la
Dirección General de Ordenación y Seguridad Minera y la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de
Madrid, donde se ponen de manifiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto
consultado. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, y argumenta su postura en la respuesta. No se ha recibido respuesta de los organismos a estas últimas contestaciones del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Santa Cruz de Retamar, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte y Valmojado, Endesa S. A., la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea (AESA), el Servicio Provincial de Minas de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Castilla-La Mancha, Iberdrola Distribución Eléctrica, la Viceconsejería de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, la Dirección General
de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes de Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, la Delegación del Gobierno en Madrid, la Dirección General de Carreteras
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A. (CLH), los Ayuntamiento de Móstoles y Villamanta, la Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica y Desarrollo Sostenible, la Subdirección General de Planificación, la Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural y la
Subdirección General de Recursos Naturales, todas ellas de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Quismondo, indicando que no existía afectación. El promotor respondió que quedaba acreditada afección por el paso de la línea eléctrica de 220 kV. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre
Igualmente, se remitieron separatas de los proyectos y del estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de CastillaLa Mancha, a la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la
Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad, la Dirección General de Economía Circular, y la Dirección General de Transición Energética, y la Oficina del Cambio Climático de Castilla-La Mancha, todas ellas de
la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de
Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales, la Dirección General de Economía Circular, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética y la Subdirección General de
Espacios Protegidos, todas ellas de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Subdirección General del Patrimonio del Ministerio

Pág. 615

BOCM-20230616-55

BOCM