B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “INFANTA SOFÍA” (BOCM-20230615-31)
Convocatoria puesto –  Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Infanta Sofía” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Dermatología Médico Quirúrgica y Venereología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JUNIO DE 2023

Pág. 105

Octava
Nombramientos y efectos de la designación
1. La Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Infanta Sofía” dictará el correspondiente nombramiento de Jefe/a de Servicio de Dermatología Médico Quirúrgica y
Venereología con carácter provisional, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años,
al finalizar los cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el periodo precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnico-Asistencial, el Director-Gerente podrá revocar los nombramientos provisionales que haya expedido.
3. Si el/la Facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria
del Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una
comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario “Infanta Sofía”.
4. Si el/la Facultativo/a designado estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante
la Viceconsejería de Gestión Económica de la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Dado en San Sebastián de los Reyes, a 16 de mayo de 2023.—El Director-Gerente del
Hospital Universitario “Infanta Sofia”, Antonio Romero Plasencia.
IA
EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 80 puntos)

1.1. Período de formación por el sistema de Residencia en la Especialidad (solo baremable el período completo que habilitase para obtener el título de Especialista): 5 puntos.
1.2. Tiempo de servicios prestados (se contemplará la fracción correspondiente inferior al año natural, solo por meses completos).
a) Por cada año completo de servicios prestados como Médico Especialista en Dermatología Médico Quirúrgica y Venereología en Instituciones Sanitarias Públicas
dependientes del Sistema Nacional de Salud (en adelantes SNS) o de los distintos
Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea: 2,4 puntos/año.
b) Por cada año completo de servicios prestados en Instituciones sanitarias Públicas
dependiente del SNS como Médico General en áreas de la especialidad que se
convoca, con anterioridad de la obtención del título de Médico Especialista en
Dermatología Médico Quirúrgica y Venereología al amparo del Real Decreto 1497/1999 de 24 de septiembre: 0,96 puntos/año.
c) Por cada año completo de servicios prestados como Facultativo Especialista de
cupo en las Áreas de la especialidad que se convoca en las Instituciones Sanitarias
Públicas dependientes del SNS o de los distintos Servicios de Salud de la Unión
Europea: 0,96 puntos/año.
d) Por cada año completo de servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas
como Médico Especialista en Dermatología Médico Quirúrgica y Venereología en
Instituciones no Sanitarias de las Administraciones Públicas: 0,72 puntos/año.

BOCM-20230615-31

1. Experiencia profesional (puntuación máxima, 35 puntos)